Bases de Competició IR

1
Afecta aClub

Competicions

La Dirección General de Deporte de la Generalitat (DGD) y la FBCV organizarán para la temporada 2.026/2.027 las siguientes Competiciones dentro de los Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana y en el nivel de Iniciación al Rendimiento.

1.1

Cadet Masculí

Fases y campeonatos Cadet Masculí
Fase Niveles Fase Campeonatos
Nivel Autonómico Cto Autonómico (Aut)
Nivel Preferente Cto Preferente (Aut y Pref)
Nivel 1ª Zonal Cto 1ª Zonal (Pref y 1ª Zon)
Nivel 2ª Zonal Cto 2ª Zonal (1ª Zon y 2ª Zon)
Nivel 2ª Zonal SIN límite de número de equipos Cto 3ª Zonal (3ª Zon)
1.2

Cadet Femení

Fases y campeonatos Cadet Femení
Fase Niveles Fase Campeonatos
Nivel Autonómico Cto Autonómico (Aut)
Nivel Preferente Cto Preferente (Aut y Pref)
Nivel 1ª Zonal Cto 1ª Zonal (Pref y 1ª Zon)
Nivel 1ª Zonal SIN límite de número de equipos Cto 2ª Zonal (2ª Zon)
1.3

Infantil Masculí

Fases y campeonatos Infantil Masculí
Fase Niveles Fase Campeonatos
Nivel Autonómico Cto Autonómico (Aut)
Nivel Preferente Cto Preferente (Aut y Pref)
Nivel 1ª Zonal Cto 1ª Zonal (Pref y 1ª Zon)
Nivel 2ª Zonal Cto 2ª Zonal (1ª Zon y 2ª Zon)
Nivel 2ª Zonal SIN límite de número de equipos Cto 3ª Zonal (3ª Zon)
1.4

Pre-Infantil Masculino

Fases y campeonatos Pre-Infantil Masculino
Fase Niveles Fase Campeonatos
Autonòmic Cto Autonómico (Aut)
Preferent Cto Preferente (Aut y Pref)
Nivel Preferente SIN límite de número de equipos
1.5

Infantil Femení

Fases y campeonatos Infantil Femení
Fase Niveles Fase Campeonatos
Nivel Autonómico Cto Autonómico (N Aut)
Nivel Preferente Cto Preferente (N Aut y N Pref)
Nivel 1ª Zonal Cto 1ª Zonal (N Pref y N 1ª Zon)
Nivel 3 1ª Zonal SIN límite de número de equipos Cto 2ª Zonal (2ª Zon)
1.6

Pre-Infantil Femenino

Fases y campeonatos Pre-Infantil Femenino
Fase Niveles Fase Campeonatos
Nivel Autonómico Cto Autonómico (N Aut)
Nivel Autonómico SIN límite de número de equipos Cto Preferente (N Aut y N Pref)
1.7

Aleví Masculí

Fases y campeonatos Aleví Masculí
Fase Niveles Fase Campeonatos
Nivel Autonómico Cto Autonómico (N Aut)
Nivel Preferente Cto Preferente (N Aut y N Pref)
Nivel 1ª Zonal Cto 1ª Zonal (N Pref y N 1ª Zon)
Nivel 2ª Zonal Cto 2ª Zonal (N 1ª Zon y N 2ª Zon)
Nivel 2ª Zonal SIN límite de número de equipos Cto 3ª Zonal (N 3ª Zon)
1.8

Aleví Femení

Fases y campeonatos Aleví Femení
Fase Niveles Fase Campeonatos
Nivel Autonómico Cto Autonómico (N Aut)
Nivel Preferente Cto Preferente (N Aut y N Pref)
Nivel 1ª Zonal Cto 1ª Zonal (N Pref y N 1ª Zon)
Nivel 1ª Zonal SIN límite de número de equipos
1.9

Benjamí Mixte

Fases y campeonatos Benjamí Mixte
Fase Niveles Fase Campeonatos
Nivel Autonómico Cto Autonómico (N Aut)
Nivel Preferente Cto Preferente (N Aut y N Pref)
Nivel 1ª Zonal Cto 1ª Zonal (N Pref y N 1ª Zon)
Nivel 1ª Zonal SIN límite de número de equipos
1.10

Benjamí Femení

Fases y campeonatos Benjamí Femení
Fase Niveles Fase Campeonatos
Nivel Autonómico Cto Autonómico (N Aut)
Nivel Preferente Cto Preferente (N Aut y N Pref)
Nivel Preferente SIN límite de número de equipos
Trofeos y medallas

La DGD aportará los trofeos y medallas para los campeones, subcampeones, tercer clasificado y cuarto clasificado de las Fases Finales de los Campeonatos Autonómicos Cadete, Infantil y Alevín, masculino y femenino, y la FBCV aportará trofeos y medallas para los campeones y subcampeones del resto de Campeonatos.

2
Afecta aClubJugador

Edades

Se establecen las siguientes categorías según el año de nacimiento de los jugadores/as.

Categorías por año de nacimiento Temporada 26/27
Categoria Años de nacimiento
Benjamí Nacidos/as en el año 2017 y 2018
Aleví Nacidos/as en los años 2015 y 2016
Pre-Infantil Nacidos/as en el 2014 y posteriores
Infantil Nacidos/as en los años 2013 y 2014
Cadet Nacidos/as en los años 2011 y 2012
3
Afecta aClub

Participación

Participarán en cada campeonato los equipos que hayan formalizado su inscripción y cumplan todas las normas y requisitos establecidos por la FBCV/DGD.

3.1

Limitaciones

Afecta aClub

3.1.1Número de equipos de una misma entidad

En cada campeonato, la participación queda limitada a un sólo equipo por entidad, excepto en los últimos niveles de la Fase Niveles y en los Ctos Preferente, 1ª Zonal, 2ª Zonal y 3ª Zonal.

3.1.2Clasificación para Niveles de siguiente temporada de equipos de una misma entidad

En el caso de equipos de una misma entidad participantes en Campeonatos inmediatos en su orden, si ambos equipos obtuvieran una clasificación que les diera el acceso al mismo Nivel para la siguiente temporada, tan solo podrá optar a ese Nivel el equipo de esa entidad que proceda del Campeonato superior, o en el caso de estar disputando el mismo Campeonato, el que haya obtenido la mejor clasificación, quedando el otro/s equipos en el Nivel inmediato inferior.

Su derecho de clasificación se trasladará a los dos siguientes equipos clasificados además de los que les corresponda.

3.2

Drets d'inscripció

Afecta aClub

Durante el mes de Julio y siempre antes de la fecha límite para la inscripción en la Fase de Ascenso Pretemporada (FAP), se publicará una lista con los equipos que a esa fecha tengan derecho de inscripción en cada Nivel de cada categoría para la siguiente temporada, siguiendo lo estipulado en las normas.

3.2.1Plazos para solicitudes

En el caso de que siguieran existiendo vacantes, se tendrán en cuenta las solicitudes de las entidades, siempre por escrito, siguiendo el siguiente orden:

Orden de los plazos
  • Las presentadas hasta el 30 de junio del año en curso.
  • Las presentadas hasta el día de finalización del plazo de inscripción del campeonato solicitado.
  • Las presentadas hasta el día anterior de la publicación del calendario del campeonato solicitado.

3.2.2Orden de preferencia

El orden de preferencia, dentro de cada uno de los plazos anteriores, entre los solicitantes será el que sigue:

  • 1º.- Si existe Fase Final, los equipos que la hayan disputado (temporada anterior).
  • 2º.- Los equipos descendidos del campeonato en cuestión, intercalados con los equipos clasificados a continuación de los que asistieron a la Fase Final, si ésta existiera, o los clasificados a continuación de los ascendidos al campeonato. Siendo el primero el mejor clasificado de los descendidos.
  • 3º.- Los ascendidos al campeonato inmediato inferior.
  • 4º.- Los equipos de los restantes campeonatos, de acuerdo con el mismo sistema de orden establecido anteriormente.
  • 5º.- Los equipos de nueva inscripción.

3.2.3Misma competición y misma clasificación

En el caso de que dos equipos del mismo Campeonato, con la misma clasificación en la temporada anterior, opten a cubrir una sola vacante, los criterios a aplicar para determinar cuál de ellos tendrá preferencia sobre el otro serán los siguientes, siempre que el número de partidos disputados haya sido el mismo para los dos equipos:

  • 1º.- Los puntos obtenidos en los partidos del Campeonato, clasificándose en primer lugar, el que sume más puntos.
  • 2º.- Mayor diferencia de tantos a favor y en contra en la suma de todos los encuentros del Campeonato.
  • 3º.- Mayor número de tantos a favor en la suma de todos los encuentros del Campeonato.

En el caso de que el número de partidos disputados no haya sido el mismo para los dos equipos, la información a valorar será proporcionada al número de partidos disputados por cada uno de ellos.

!Tanteo 2-0 o infracción sancionable con ese resultado

Cuando intervenga en uno de los supuestos anteriores un equipo que contase en su contra con algún tanteo de 2-0 o haya cometido una infracción cuya sanción pudiera ser este resultado, éste ocupará la última posición de todos los equipos empatados a puntos con él, independientemente de los resultados obtenidos con los equipos con los que estuviera empatado a puntos.

Este criterio será de aplicación cuando sea necesario determinar el orden de preferencia para la clasificación a siguientes fases, de equipos en una misma posición en la clasificación, pero en grupos distintos.

3.3

Renuncias al campeonato

Afecta aClub

3.3.1Renuncia al Nivel de la siguiente temporada

Todo equipo que haya logrado una clasificación en un Campeonato que le de acceso a participar en un Nivel, podrá renunciar al mismo en los siguientes términos:

  • La renuncia habrá de efectuarse, en todo caso, por escrito firmado por el Presidente de la entidad, dirigido a la FBCV/DGD.
  • Si la renuncia tuviese lugar en el plazo comprendido entre la jornada de finalización del Campeonato correspondiente y el 30 de junio se entenderá realizada a tiempo, y por ello, el equipo que renunciase conservará sus derechos a participar en el Nivel inmediato inferior al que hubiera renunciado.
  • En el caso de existir renuncias al Nivel conseguido presentadas con anterioridad al 30 de junio, el derecho al se trasladará a los dos siguientes equipos clasificados además de los que les corresponda según los Sistemas de Competición. Caso de que alguno, o los dos equipos, renunciaran también a este derecho en los plazos que para cada caso determine la FBCV/DGD, no perderían los derechos en el Nivel que les corresponda por su clasificación. La plaza no cubierta quedará vacante, aplicándose la normativa en vigor.
!Renuncia fuera de plazo
  • Si la renuncia se realizase con posterioridad al 30 de junio se considerará hecha fuera de plazo, y por tanto, el equipo que renunciase, deberá realizar la inscripción en el último Nivel de los que organice la FBCV/DGD. En este caso la plaza quedará vacante, aplicándose la normativa en vigor.
  • La renuncia fuera de tiempo, aparte del efecto ya mencionado, conllevará el pago del importe de los gastos que dicha decisión pueda suponer, pudiéndose determinar la pérdida de avales, cuotas de participación, etc.

3.3.2Renuncia a la participación

Los equipos que renuncien a participar en el Nivel que les corresponda, excepto los equipos que se regulan según el punto anterior, para poder competir de nuevo deberán realizar su inscripción en el último Nivel de los que organice la FBCV/DGD. En el caso de existir renuncias, la plaza quedará vacante, aplicándose la normativa en vigor.

3.3.3Renuncia a una Fase

Cualquier equipo que participe en una Fase Final, Serie Final, Fase Final de Ascenso, o cualquier otra denominación que reciba la fase que, de acceso a una siguiente Fase de cualquier Campeonato, estará obligado a participar en la citada siguiente Fase.

Plazo para renunciar

El plazo para renunciar a participar en la referida Fase Final, Serie Final, Fase Final de Ascenso o cualquier otra denominación que reciba la Fase, se establece hasta las 18'00 horas del día hábil siguiente a la última jornada que figure como oficial en el calendario, que le diera derecho a acceder a la fase en cuestión, independientemente del tipo de competición que se juegue.

Caso de no participar posteriormente en las citadas fases, la no participación será considerada como una renuncia fuera de plazo, asimilándose y por lo tanto aplicándosele la normativa relativa a la renuncia fuera de plazo, debiendo realizar su inscripción en la último Nivel que organice la FBCV/DGD.

3.4

Distribución de equipos en grupos

Afecta aClub

Cuando al efectuar la distribución de los grupos con criterios geográficos, se tengan que situar en grupos diferentes, a equipos que se encuentren a una distancia igual o inferior a 15 kilómetros de alguna de las tres capitales de provincia (Valencia, Castellón y Alicante), no se realizará la distribución con criterios geográficos, sino que se aplicará el siguiente procedimiento que determine la adscripción a uno u otro grupo.

En cada distribución, determinados los equipos implicados, se consultarán en el listado de medias de kilómetros acumulados por cada entidad y se ordenarán los equipos situando primero al que menos kilómetros tenga de media en ese momento y así sucesivamente. En función de los kilómetros calculados de desplazamiento a uno u otro grupo de los que deben completarse con equipos del sorteo, se irán adjudicando de la mencionada lista ordenada.

Al final de cada distribución, se añadirán los kilómetros a realizar como consecuencia de la distribución actual, para tener en cuenta las medias de cada entidad en las siguientes distribuciones si fuera necesario.

Cada temporada se partirá de la media de kilómetros por entidad de temporadas anteriores.

De forma previa se habrá realizado un sorteo que ordenará los calendarios de cada sesión de distribución, quedando por lo tanto establecido de forma aleatoria.

En el resto de las localidades, cuando se tengan que situar en grupos diferentes a más de un equipo de la misma localidad, se realizará el mismo sorteo entre los equipos afectados, SIN aplicar el criterio de los 15 km. Es decir, tan solo con los equipos de la localidad en cuestión.

3.4.1Equilibrio de cabezas de serie en los grupos de Nivel Autonómico

En los grupos de las siguientes Fases de Nivel Autonómico:

Cadet Masculí Cadet Femení Infantil Masculí Infantil Femení Aleví Masculí Aleví Femení Benjamí Mixte

Tendrán la consideración de Cabezas de Serie (CdS)Equipos con prioridad en el sorteo para garantizar un reparto equilibrado entre los grupos de la competición., los equipos (4) que hayan disputado la Semifinal en los Campeonatos Autonómicos en la temporada anterior.

Con el objetivo de equilibrar el número de equipos CdS en cada uno de los grupos en la medida de lo posible, siempre que sea necesaria la aplicación del criterio de 15 km para la distribución de los equipos, se distribuirán previamente los CdS.

En el caso de ser necesario para determinar qué CdS va a cada grupo, se aplicará el criterio de 15 km entre ellos.

Posteriormente se completará con el resto de los equipos la distribución.

4
Afecta aClubJugadorTécnicoDelegado

Licencias

Normas generales de tramitación, límites de licencias de jugadores, requisitos de titulación de entrenadores, asistentes y delegados de campo.

4.1

Normes generals

Afecta aClubJugador

4.1.1Limitación para la desvinculación de jugadores/as de equipos FAP

Todos aquellos jugadores/as que hayan disputado la FAPFase de Ascenso de Pretemporada. en un equipo y éste haya obtenido la plaza correspondiente a la cual optaba, NO podrán tramitar la baja/desvinculación de su equipo hasta el primer lunes del mes de Febrero.

Esta limitación incluye a los jugadores que participen en un equipo como refuerzo.

4.1.2Fecha límite para tramitación

Cambio de equipo

En el curso de una temporada se autorizará a un jugador el cambio de equipo, cualquiera que sea su categoría y nivel de competición, hasta las 14:00 horas del último día hábil, entre lunes y viernes, del mes de febrero.

Superado este plazo se tramitarán hasta el fin de cada competición, solicitudes de licencias de:

  • jugadores que procedan de un equipo de Categoría/Campeonato de nivel inferior.
  • jugadores que no hayan tramitado licencia en la presente temporada.
  • jugadores que, habiendo sido dados de baja en ese equipo, no hayan tramitado licencia en ningún otro equipo desde la tramitación de la baja.
  • entrenadors, assistents i DC.

4.1.3Plazo límite para tramitación

Plazo semanal

A efectos de presentación de solicitudes de licencias, el plazo terminará a las 14:00 del VIERNES anterior o el último día laborable a la fecha de celebración de la jornada en todos los Campeonatos. Este plazo es de aplicación a cualquier tipo de licencia.

4.1.4Licencias por persona

Cada persona física solamente podrá suscribir licencia de diferentes tipos y por diferentes equipos, siempre que pertenezcan a la misma entidad, exceptuando las salvedades que se establezcan en estas Bases.

4.1.5Uso obligatorio original del DNI

En el caso de producirse cualquier circunstancia irresoluble que impida el uso del Acta Digital en un encuentro, los Oficiales de Mesa designados utilizarán el acta en papel.

!Identificación sin Acta Digital

En este caso, al no disponer del Acta Digital será IMPRESCINDIBLE identificar todos los participantes en el encuentro mediante documento oficial original o APP oficiales miDNI/miDGT (DNI/NIE, Carnet de conducir). No serán válidas fotos ni fotocopias de los documentos.

4.1.6Licencia para jugadores/as de NP para reforzar en equipos

Todos aquellos jugadores inscritos en un equipo NP que quieran reforzar en un equipo IR del mismo club/entidad deberán solicitar la licencia de refuerzo correspondiente para poder alinearse en el equipo/s de IR siguiendo los procedimientos y cuotas que para ello se establezcan y siempre y cuando la normativa de refuerzos lo permita.

De esta forma todos los jugadores/as que participen en un encuentro de IR, dispondrán del mismo formato de licencia, y por lo tanto se extiende la obligatoriedad de presentar la licencia IR a todos aquellos que participen en un partido IR.

4.1.7Procedimiento para desvinculación

Para tramitar la desvinculación de cualquier tipo de licencia, se deberá cumplimentar el impreso de desvinculación y firmado tanto por el club como por el jugador/a y/o técnico.

No se tramitará ninguna desvinculación sin la documentación anteriormente expuesta.

4.2

Jugadors

Afecta aClubJugador

4.2.1Mínimos y máximos

Regla general

El número máximo de licencias en vigor de jugador, por parte de un equipo, es de DOCE en todos los campeonatos, siendo el número mínimo de OCHO (excepto en Minibasket que serán NUEVE).

Se permite la inscripción de hasta 15 jugadores/as por equipo, en los últimos niveles de competición de todas las categorías, así como en Benjamín Femenino al ser un nivel único.

Se permite la inscripción de hasta 15 jugadores/as por equipo en todos los niveles de competición y campeonatos, excepto Nivel Autonómico y Cto Autonómico.

!Límite absoluto

En estos campeonatos no se permitirán altas una vez alcanzadas las 15 licencias tramitadas, de forma que no se puedan inscribir en un equipo durante una temporada más de 15 jugadores/as.

En cada encuentro, tan solo se podrán alinear 12 jugadores/as.

Día 8+1

El Día 8+1 (señalado en el calendario administrativo), todos los equipos deberán tener un número de licencias tramitadas dentro de los límites reseñados.

4.2.2Sin obligación de dar bajas

Cuando un equipo participe en un Nivel que le permita tramitar más de 12 licencias de jugador/a y se clasifique para un Campeonato que tenga el límite en 12, no tendrá que dar de baja las licencias que sobrepasen el límite (12). Es decir, podrá mantener las licencias con las que finalice la competición en su Nivel.

Tan solo podrá dar nuevas altas, si le quedan disponibles, siempre que haya tramitado suficientes bajas como para ajustarse al máximo de licencias permitido en el Campeonato (12).

4.2.3Tramitación de licencia en categoría superior a la edad

En categoría cadete, se permite la inscripción de jugadores de categoría inmediatamente inferior (infantiles), perdiendo su categoría de origen mientras mantenga su licencia en el equipo cadete.

En categoría infantil, se permite la inscripción de jugadores de categoría inmediatamente inferior (alevines), perdiendo su categoría de origen mientras mantenga su licencia en el equipo infantil.

En categoría alevín, se permite la inscripción de jugadores de categoría inmediatamente inferior (benjamín), perdiendo su categoría de origen mientras mantenga su licencia en el equipo alevín.

4.2.4Límite de altas

Todos los equipos, una vez alcanzado el número máximo de licencias de jugador, podrán dar TRES altas más para cubrir las respectivas bajas efectuadas, dentro de los plazos que se determinen para cada categoría.

4.2.5Bajas

Manteniendo siempre el mínimo de inscritos previsto, cada equipo podrá conceder las bajas que estime conveniente.

4.2.6Un jugador puede entrenar

Un jugador con licencia en vigor podrá suscribir licencia de Entrenador o Asistente en un equipo de otra entidad, teniendo que cumplir lo establecido en la normativa al respecto para la tramitación de las mencionadas licencias. Será condición necesaria que las licencias sean para equipos de distintas categorías y niveles de competición.

4.2.7Baja por lesión

No se contabilizará como nueva alta del jugador lesionado dado previamente de baja, si:

  • el jugador no tramita licencia con ningún otro equipo desde la baja hasta la posterior alta en el mismo equipo
  • la entidad anuncia en el momento de la baja el motivo de la baja por lesión, indicándolo en la casilla correspondiente del impreso de desvinculación.
!Limitación de uso

Un jugador y entidad solo podrán acogerse a esta norma en una ocasión por temporada y por equipo.

4.3

Entrenadors

Afecta aClubTécnico

4.3.1Mínimo entrenador por equipo

Todas las entidades deberán contar obligatoriamente al menos con un entrenador para cada uno de los equipos que tengan, debiendo diligenciar la referida licencia con anterioridad al día señalado en el calendario administrativo como Día 8+1.

!Censo de Profesionales del Deporte

También será necesaria la presentación de la declaración responsable obligatoria e inscripción en el Censo de Profesionales del Deporte y la Actividad Física de la Comunitat Valenciana. Su omisión está tipificada como infracción que puede ser sancionada.

https://presidencia.gva.es/es/web/deporte/cens-professionals-esport

4.3.2Requisito Nivel 2 o Técnico/a deportivo de Grado Medio

Nivel 2 o Técnico/a deportivo de Grado Medio obligatorio en:
Cadete Masculino · Nivel Autonómico Cadete Masculino · Cto Autonómico Cadete Femenino · Nivel Autonómico Cadete Femenino · Cto Autonómico Infantil Masculino · Nivel Autonómico Infantil Masculino · Cto Autonómico Infantil Femenino · Nivel Autonómico Infantil Femenino · Cto Autonómico Alevín Masculino · Nivel Autonómico Alevín Masculino · Cto Autonómico Alevín Femenino · Nivel Autonómico Alevín Femenino · Cto Autonómico

Cuando un equipo haya participado en un Nivel donde se exija una determinada titulación, deberá mantener el nivel de titulación independientemente del Campeonato para el que se clasifique.

iExcepción por una única temporada

Excepcionalmente y por una única temporada (para el Entrenador), podrán tramitarse licencias de Entrenador, si previamente a la referida tramitación, el interesado ha realizado la inscripción para la realización del Curso de NIVEL 2 Técnico/a deportivo de Grado Medio, debiendo abonar la cantidad de 350 € a cuenta de la inscripción, perdiendo el total depositado caso de no realizar el curso en la presente temporada, en el caso de que se haya efectuado el mencionado Curso.

En el caso que la FBCV haya publicado y abierto inscripciones de toda la oferta de cursos de entrenador para la temporada, en lugar de formalizar el compromiso, tendrá que realizar la matrícula en alguno de los cursos convocados, pudiendo acogerse al pago fraccionado.

4.3.3Requisito Nivel 1 o Certificado de Ciclo Inicial de Grado Medio

Nivel 1 obligatorio en:

Para el resto de las competiciones será exigida como mínimo Entrenador de Baloncesto de NIVEL 1 o Certificado de Ciclo Inicial de Grado Medio.

iExcepción por una única temporada

Excepcionalmente y por una única temporada (para el Entrenador), podrán tramitarse licencias de Entrenador, si previamente a la referida tramitación, el interesado ha realizado la inscripción para la realización del Curso NIVEL 1 o Certificado de Ciclo Inicial de Grado Medio, debiendo abonar la cantidad de 275 € a cuenta de la inscripción, perdiendo el total depositado caso de no realizar el curso en la presente temporada, en el caso de que se haya efectuado el mencionado Curso.

En el caso que la FBCV haya publicado y abierto inscripciones de toda la oferta de cursos de entrenador para la temporada, en lugar de formalizar el compromiso, tendrá que realizar la matrícula en alguno de los cursos convocados, pudiendo acogerse al pago fraccionado.

4.3.4Más de un entrenador por equipo

Un mismo equipo podrá contar con más de un entrenador.

4.3.5Límite en número de licencias

Un entrenador podrá suscribir licencia por un máximo de TRES equipos de la misma entidad o de entidades distintas. Será condición necesaria que las solicitudes de licencias sean para equipos de distintas categorías. Se establece la limitación en el caso de tramitar las TRES licencias, que al menos una de ellas sea de los JECV, por lo tanto tan solo DOS podrán ser de equipos en competiciones FBCV/FEB. En ningún caso podrán ser las TRES licencias de competiciones de los JECV-IR.

4.3.6Entrenadores no comunitarios Titulaciones expedidas fuera de España

Podrán entrenar las personas con titulaciones expedidas fuera de España, siempre que las mencionadas titulaciones tengan homologación o equiparación con las titulaciones expedidas en España según las normativas vigentes.

4.3.7Solo entrenadores acreditados

!Acreditación obligatoria

Ninguna persona podrá desempeñar la dirección de un equipo sin que se encuentre debidamente acreditada por la FBCV/DGD para ello, quedando totalmente prohibido desempeñar esa labor con independencia del lugar donde pueda hallarse situada, tanto en el terreno de juego o fuera del mismo.

4.3.8Sustitución de entrenador por incidencia

4.3.8.1Supuesto y ámbito

Cuando ningún entrenador con licencia en vigor por un equipo pueda acudir al encuentro, el club podrá designar como sustituto a otro entrenador de la entidad.

El presente apartado es de aplicación en las competiciones organizadas por la FBCV en categoría Sénior y Júnior, así como en las competiciones de los JECV Iniciación al Rendimiento (JECV-IR).

4.3.8.2Sustituto

El sustituto deberá reunir las siguientes condiciones:

  • Tener licencia de Entrenador en vigor por algún equipo del mismo club.
  • No estar cumpliendo sanción disciplinaria.

La actuación como sustituto no consume licencia adicional a efectos del límite de licencias de un entrenador/a.

4.3.8.3Cupo del club

Cada club dispondrá de un (1) bono por temporada por cada equipo inscrito en competición Sénior, Júnior o JECV-IR. Los bonos constituyen una bolsa común del club y podrán consumirse en cualquiera de los equipos de las categorías citadas.

!Límites del cupo

Ningún equipo podrá consumir más del 10 % de la bolsa de bonos total del club, redondeado al entero superior.

El bono no es acumulable entre temporadas.

4.3.8.4Encuentros excluidos

No podrá activarse el bono en Copas, Eliminatorias, Finales, Fases finales ni otras fases similares de la competición, aunque tengan otra denominación.

4.3.8.5Reglas durante el encuentro

El sustituto firmará el acta en la casilla del entrenador y ejercerá sus funciones en exclusiva durante todo el encuentro. Ningún otro técnico del equipo podrá ocupar el banquillo en ese encuentro, así como no podrá activarse más de un bono por encuentro.

4.3.8.6Procedimiento

La activación del bono se ajustará al siguiente procedimiento:

  • Antes del encuentro: el sustituto se presentará al equipo arbitral en el encuentro mediante documento oficial original o APP oficiales miDNI/miDGT (DNI/NIE, Carnet de conducir). No serán válidas fotos ni fotocopias de los documentos.
  • Durante el encuentro: el árbitro principal hace constar en el acta el nombre, DNI del sustituto, así como la condición de actuación al amparo del presente apartado.
  • La FBCV verificará la documentación y descontará el bono del cupo del club.

4.3.8.7Efectos del uso correcto e incumplimientos

El uso del bono conforme al presente apartado cumple la obligación de contar obligatoriamente al menos con un entrenador.

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones del presente apartado conllevará la no aceptación del uso del bono y en consecuencia la aplicación de las responsabilidades disciplinarias que correspondan conforme al Reglamento Disciplinario.

4.3.1Certificado negativo para personal técnico y delegados

Certificado negativo obligatorio

El personal técnico y personal delegado tiene que disponer del certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales y Trata de Seres Humanos, en cumplimiento de la legislación vigente para tratar con menores. Es responsabilidad de cada entidad participante exigir a este personal el certificado negativo del Registro central de delincuentes sexuales, en los términos previstos en la Ley orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor.

Asistentes

4.3.2Requisitos Asistente

Podrán ser asistentes, toda aquella persona que lo solicite, y suscriba la correspondiente licencia. Para las competiciones organizadas por la FBCV/DGD, se exigirá un mínimo de edad de 14 años para tramitar este tipo de licencia.

4.3.3Número de asistentes

Todas las entidades podrán contar con tantas licencias de asistente como deseen.

4.3.4Limitaciones

Nunca se podrá tener licencia de asistente en dos equipos de la misma categoría en distintas Entidades. De igual forma, nunca se podrá tener licencia de asistente y entrenador en dos equipos de la misma categoría y nivel de competición de distintas Entidades.

4.3.5Incompatibilidad

!Incompatibilidad radical

La condición de asistente es radicalmente incompatible con la de Entrenador en un mismo equipo y partido.

4.3.6Límite en número de licencias

El número de licencias de asistente y entrenador por persona nunca podrá superar el número máximo de licencias establecido para los entrenadores.

4.4

Delegados de campo

Afecta aClubDelegado

4.4.1Obligatoriedad

Los campeonatos,

Campeonatos con Delegado de Campo obligatorio Temporada 26/27
Categoria Competicions
Cadet Masculí Nivel Autonómico · Nivel Preferente · Cto Autonómico · Cto Preferente
Cadet Femení Nivel Autonómico · Nivel Preferente · Cto Autonómico · Cto Preferente
Infantil Masculí Nivel Autonómico · Cto Autonómico · Nivel Preferente · Cto Preferente
Infantil Femení Nivel Autonómico · Cto Autonómico · Nivel Preferente · Cto Preferente
Aleví Masculí Nivel Autonómico · Cto Autonómico
Aleví Femení Nivel Autonómico · Cto Autonómico
Pre-Infantil Masculino Nivel Autonómico · Cto Autonómico
Pre-Infantil Femenino Nivel Autonómico · Cto Autonómico
Benjamí Mixte Nivel Autonómico · Cto Autonómico
Benjamí Femení Nivel Autonómico · Cto Autonómico

deberán contar obligatoriamente para todos sus encuentros como local, con un Delegado de Campo con su correspondiente licencia, siendo obligatoria la presentación de la referida licencia, así como la presencia física del Delegado. Para las competiciones organizadas por la FBCV/DGD, se exigirá haber cumplido 18 años en el momento de solicitar la licencia.

!Eliminatòries

Adicionalmente, será obligatoria la presencia de Delegado de Campo en todos los partidos de eliminatorias, con independencia de la categoría y nivel de competición.

4.4.2Incompatibilidad

La condición de Delegado de Campo, es INCOMPATIBLE con cualquier otro tipo de licencia, dentro del mismo encuentro.

4.4.3Todos los equipos del Club

El Delegado de Campo de un equipo, podrá ejercer sus funciones en cualquiera de los equipos IR de su entidad.

4.4.4Funciones

Serán obligaciones del Delegado de Campo, además de la coordinación del orden en el terreno de juego, y darse a conocer al equipo visitante y facilitarle el vestuario a utilizar, presentarse al equipo arbitral antes de dar comienzo el encuentro, (siempre que estos se identifiquen) para acompañarles desde la entrada del terreno de juego antes del comienzo, durante el descanso y al final del encuentro, o en cualquier otra circunstancia en que resulte oportuno, cumpliendo las instrucciones que reciba del equipo arbitral.

4.4.5Donde no sea obligatorio

En el caso de las competiciones donde NO sea obligatoria la existencia del Delegado de Campo, serán los responsables del equipo local los que deban desempeñar las funciones definidas anteriormente.

4.4.6Limitación de la licencia FEB

Aquellas entidades que quieran que el delegado de campo de uno de sus equipos de competiciones FEB ejerza las funciones en competiciones FBCV/DGD, deberá solicitar la tramitación de la licencia en alguno de los equipos inscritos en la FBCV/DGD, no teniendo que abonar ni la tramitación de licencia ni el seguro médico, al tener este último ya tramitado con la licencia FEB. Por lo tanto, no está permitida la utilización de la licencia FEB en las competiciones FBCV/DGD.

4.4.7Ubicación

El Delegado de Campo se situará en el perímetro de la pista (pie de pista).

5
Afecta aClubTécnicoJugador

Alineación de jugadores

Definiendo como Categorías (Cadete, Infantil, Alevín y Benjamín) y como Niveles de Competición (Autonómico, Preferente, Zonal y NP) se definen los siguientes puntos.

5.1

Inscripción de jugadores en el acta

Afecta aClubJugador

Además de los/as jugadores/as con licencia en el equipo que dispute el encuentro en cuestión, se podrán inscribir en el acta, hasta completar un máximo de doce, jugadores/as con licencia en equipos del mismo Club/entidad, cumpliendo los siguientes requisitos.

  • Nunca un jugador con licencia de un equipo de IR, podrá reforzar a un equipo de Nivel de Promoción en la misma categoría.
  • Un jugador podrá reforzar a otro equipo de su Club/entidad siempre que tenga licencia en un equipo de la categoría inmediata inferior.
  • Si el jugador pertenece a la misma categoría, deberá tener licencia en un equipo de nivel de competición inferior para poder reforzar. (ídem para la fase de Campeonatos).
5.2

Refuerzo en categoría Alevín y Benjamín IR

Afecta aClubJugador

En la categoría Alevín se permite que las jugadoras de un equipo Femenino puedan reforzar en un equipo Alevín Masculino de su Club/entidad.

En la categoría Benjamín Mixto los jugadores masculinos solo podrán reforzar en un equipo Alevín Masculino de su Club/entidad y las jugadoras podrán reforzar en un equipo Alevín Femenino o Alevín Masculino de su Club/entidad.

En la categoría Benjamín Femenino se permite que las jugadoras puedan reforzar en un equipo Benjamín mixto de su Club/entidad.

5.3

Limitación de refuerzos en misma competición

Afecta aClubJugador

Cuando un club disponga de más de un equipo en el último Nivel de competición de una categoría, mientras se dispute una fase de la competición donde todos los equipos jueguen juntos independientemente de la distribución en grupos, los jugadores/as del mismo Club/entidad de categoría inferior o de la misma categoría pero de un nivel de competición inferior, solo podrá reforzar a uno de los equipos en cuestión, mientras que los jugadores/as de los equipos que están disputando la misma categoría en el mismo nivel de competición, no podrán reforzarse entre sí.

Si en el transcurso de la temporada, los equipos de la misma entidad, categoría y Nivel se separaran en distintos Campeonatos, al entenderse que cada uno de estos Campeonatos son un distinto nivel de competición, se permitiría el refuerzo de los jugadores/as de nivel inferior indistintamente en cualquiera de los equipos de nivel superior.

5.4

En terreno de juego y banco de equipo

Afecta aClubTécnicoÁrbitro

Solamente podrán permanecer en el terreno de juego y sentarse en el banco de cada equipo los jugadores que figuren en el acta de juego, y hasta un máximo de otras SIETE personas, siempre que cuenten con la licencia federativa correspondiente (entrenadores, asistentes y/o jugador alineable no inscrito en acta). En el caso de jugadores alineables no inscritos en el acta, estos no podrán vestir ninguna equipación deportiva del Club. El árbitro principal ordenará que se retire del banco o lugar cercano al mismo cualquier persona que no cumpla las anteriores condiciones.

6
Afecta aClubÁrbitro

Arbitrajes

Designaciones de árbitros y oficiales de mesa por competición, solicitud de oficial de mesa extra, exclusividad y limitación de funciones.

6.1

Designaciones

Afecta aÁrbitro

Los encuentros serán dirigidos por los árbitros (A) y oficiales de mesa (OM) de la FBCV/DGD, según se determina para cada campeonato.

Designaciones Cadet Masculí
Competición Árbitros Of. de mesa
Nivel Autonómico 2 3
Nivel Preferente 2 2
Nivel 1ª Zonal 1 2
Nivel 2ª Zonal 1 1
Cto Autonómico 2 3
Cto Preferente 2 2
Cto 1ª Zonal 1 2
Cto 2ª Zonal 1 1
Cto 3ª Zonal 1 1
Designaciones Cadet Femení
Competición Árbitros Of. de mesa
Nivel Autonómico 2 3
Nivel Preferente 2 2
Nivel 1ª Zonal 1 1
Cto Autonómico 2 3
Cto Preferente 2 2
Cto 1ª Zonal (*) 1 1
Cto 2ª Zonal 1 1

(*) En Eliminatorias la designación será 1A-2OM (1-2)

Designaciones Infantil Masculí
Competición Árbitros Of. de mesa
Nivel Autonómico 2 3
Nivel Preferente 2 2
Nivel 1ª Zonal 1 2
Nivel 2ª Zonal 1 1
Cto Autonómico 2 3
Cto Preferente 2 2
Cto 1ª Zonal 1 2
Cto 2ª Zonal 1 1
Cto 3ª Zonal 1 1
Designaciones Pre-Infantil Masculino
Competición Árbitros Of. de mesa
Nivel Autonómico 2 2
Nivel Preferente 1 2
Cto Autonómico 2 3
Cto Preferente 1 1
Designaciones Infantil Femení
Competición Árbitros Of. de mesa
Nivel Autonómico 2 3
Nivel Preferente 2 2
Nivel 1ª Zonal 1 1
Cto Autonómico 2 3
Cto Preferente 2 2
Cto 1ª Zonal (*) 1 1
Cto 2ª Zonal 1 1

(*) En Eliminatorias la designación será 1A-2OM (1-2)

Designaciones Pre-Infantil Femenino
Competición Árbitros Of. de mesa
Nivel Autonómico 2 2
Cto Autonómico 2 3
Cto Preferente 1 1
Designaciones Aleví Masculí
Competición Árbitros Of. de mesa
Nivel Autonómico 2 2
Nivel Preferente 1 1
Nivel 1ª Zonal 1 1
Nivel 2ª Zonal 1 1
Cto Autonómico 2 3
Cto Preferente 1 2
Cto 1ª Zonal 1 1
Cto 2ª Zonal 1 1
Cto 3ª Zonal 1 1
Designaciones Aleví Femení
Competición Árbitros Of. de mesa
Nivel Autonómico 2 2
Nivel Preferente 1 1
Nivel 1ª Zonal 1 1
Cto Autonómico 2 3
Cto Preferente 1 2
Cto 1ª Zonal 1 1
Designaciones Benjamí Mixte
Competición Árbitros Of. de mesa
Nivel Autonómico 1 2
Nivel Preferente 1 1
Nivel 1ª Zonal 1 1
Cto Autonómico 1 2
Cto Preferente 1 1
Cto 1ª Zonal 1 1
Designaciones Benjamí Femení
Competición Árbitros Of. de mesa
Nivel Autonómico 1 2
Nivel Preferente 1 1
Cto Autonómico 1 2
Cto Preferente 1 1

6.1.1Fases Finales y Finales

Para las Fases Finales por concentración y para las Finales a partido único, se designarán 2 árbitros i 4 oficiales de mesa.

6.2

Solicitud oficial de mesa extra

Afecta aClubÁrbitro

Un equipo PODRÁ SOLICITAR mediante escrito dirigido a la FBCV, que sea designado uno o dos oficiales de mesa extra (en función de la designación original).

La solicitud será válida desde la siguiente jornada que el equipo actúe como local, a partir de la aceptación de la solicitud, y hasta el final de temporada, no pudiendo renunciar durante el transcurso de la temporada.

6.3

Exclusividad

Afecta aClubÁrbitro

Todos los encuentros, sean de carácter oficial o amistoso, que se disputen dentro del ámbito de la FBCV, deberán ser dirigidos por árbitros y oficiales de mesa designados por la FBCV.

6.4

Limitación de funciones

Afecta aÁrbitro
!Solo personas designadas

Tan solo podrán ejercer las funciones de Oficial de Mesa, aquellas personas que hayan sido designadas por la FBCV, tanto por corresponder a la categoría como por solicitud. En ningún caso, personas ajenas a la designación podrán ejercer dichas funciones incluido el manejo de los dispositivos electrónicos.

7
Afecta aClubDelegado

Terrenos de juego

Condiciones generales de la instalación, obligación de campo cerrado y cubierto, garantías de disputa del encuentro y tiempo para subsanar incidencias.

7.1

Condiciones generales

Afecta aClub

Cada equipo deberá contar con un terreno de juego oficial, que comunicará a la FBCV/DGD al cumplimentar su inscripción.

El terreno de juego deberá cumplir con todas las normativas técnicas en vigor, y además caso de ser necesario será homologado por la FBCV/DGD.

Los terrenos de juego deberán contar con los elementos técnicos necesarios: mesa de anotaciones, sillas o bancos para cada uno de los dos equipos, banderas de cuatro faltas, tablillas de personales, cronómetro y flecha de alternancia.

Balones para el equipo arbitral

La entidad que actúe como equipo local deberá poner a disposición del equipo arbitral, veinte minutos antes del comienzo del encuentro, al menos SIETE balones que deberán estar en similares condiciones y además, cumplir con lo exigido al respecto en las Reglas de Juego, de los cuales TRES tendrán que facilitarse al equipo visitante.

7.2

Obligación de campo cerrado y cubierto

Afecta aClub

Se establece la obligación de disponer de un campo cerrado y cubierto, así como de contar con un marcador electrónico, en:

Campo cerrado y cubierto + marcador electrónico Obligatorio
Categoria Competicions
Cadet Masculí Nivel Autonómico · Cto Autonómico · Cto Preferente
Cadet Femení Nivel Autonómico · Cto Autonómico · Cto Preferente
Infantil Masculí Nivel Autonómico · Cto Autonómico · Cto Preferente
Infantil Femení Nivel Autonómico · Cto Autonómico · Cto Preferente
Pre-Infantil Masculino Cto Autonómico
Aleví Masculí Nivel Autonómico · Cto Autonómico
Aleví Femení Nivel Autonómico · Cto Autonómico

Además, será obligatorio disponer de dispositivos electrónicos de 24 segundos, en:

Dispositivos electrónicos de 24 segundos Obligatorio
Categoria Competicions
Cadet Masculí Nivel Autonómico · Cto Autonómico
Cadet Femení Nivel Autonómico · Cto Autonómico
Infantil Masculí Nivel Autonómico · Cto Autonómico
Infantil Femení Nivel Autonómico · Cto Autonómico
7.3

Sin obligación, pero con garantías de jugarse

Afecta aClub

Se establece un procedimiento para garantizar la disputa de un encuentro, tanto por no inicio como por suspensión por causa de inclemencia atmosférica.

7.3.1Campeonatos con obligación de garantizar

En todos los encuentros de los siguientes campeonatos se tendrá que garantizar su disputa.

Campeonatos con obligación de garantizar Temporada 26/27
Categoria Competicions
Cadet Masculí Nivel Preferente
Cadet Femení Nivel Preferente
Infantil Masculí Nivel Preferente
Infantil Femení Nivel Preferente
Pre-Infantil Masculino Nivel Autonómico · Cto Preferente
Aleví Masculí Nivel Preferente · Cto Preferente
Aleví Femení Cto Preferente
Benjamí Mixte Nivel Autonómico · Cto Autonómico · Cto Preferente
Benjamí Femení Cto Autonómico
Eliminatorias de todos los Campeonatos

7.3.2Situaciones con obligación de garantizar

En las categorías donde no se establezca la obligatoriedad de campo cubierto y cerrado, el club del equipo local deberá garantizar la celebración del encuentro, evitando las inclemencias meteorológicas, en las siguientes situaciones:

  • Cuando un encuentro deba reanudarse, repetirse o incluso aplazar su inicio sobre la fecha prevista
  • En los encuentros de las últimas jornadas de grupos, cuya clasificación conlleve la disputa de una siguiente Fase y/o Eliminatorias. Se incluirán también partidos que hubieran sido aplazados de jornadas anteriores y se diputen en fechas correspondientes a la última jornada.

7.3.3Procedimiento para garantizar

El equipo local deberá disponer de un campo cubierto, donde tendrá que celebrarse obligatoriamente el encuentro, disponiendo para ello, hasta las horas fijadas a continuación para el inicio del mismo:

Hora límite para el inicio del encuentro Garantía de disputa
Franja Hora límite
Sábado o Domingo por la mañana 14:30 horas
Sábado por la tarde 22:00 horas
Domingo por la tarde 20:30 horas
Entre semana 90 minutos después de la hora prevista
iAcuerdo entre ambos equipos

Siempre se exceptuará de los criterios anteriores, el caso de que ambos equipos, de común acuerdo firmen, manifestando por escrito en el mismo momento, la nueva fecha y hora de celebración del encuentro, con excepción de los encuentros que estén en el supuesto explicado como últimas jornadas de grupos.

La FBCV/DGD aceptará la fecha y hora acordada siempre y cuando se garantice el cumplimiento de la normativa en vigor sobre modificaciones de calendario. Esta aceptación no eximirá de otras responsabilidades determinadas por los órganos disciplinarios.

La FBCV/DGD se reserva la posibilidad de eximir, en los casos que considere, de los requisitos para realizar una modificación del terreno de juego siempre que la modificación esté motivada por el cumplimiento de las garantías requeridas en este punto.

7.4

Tiempo para subsanar incidencia

Afecta aClubÁrbitro

En el caso de no estar la instalación disponible a la hora fijada para la disputa del encuentro, bien por estar ocupada o por producirse algún problema con la propia instalación y/o materiales de la misma, el equipo local dispondrá de un máximo de 30 minutos, para tener la instalación en condiciones de iniciar el encuentro. Esta norma siempre estará sujeta a la disponibilidad del equipo arbitral, el cual deberá esperar el tiempo determinado, siempre que la espera que provoque la norma no provoque el retraso para poder cumplir con la designación de un partido a continuación.

Siempre se exceptuará de los criterios anteriores, el caso de que ambos equipos, de común acuerdo firmen, manifestando por escrito en el mismo momento, la nueva fecha y hora de celebración del encuentro.

La FBCV/DGD aceptará la fecha y hora acordada siempre y cuando se garantice el cumplimiento de la normativa en vigor sobre modificaciones de calendario. Esta aceptación no eximirá de otras responsabilidades determinadas por los órganos disciplinarios.

8
Afecta aClubÁrbitro

Fechas y horarios de los encuentros

Las fechas de celebración de los encuentros serán las señaladas en la información que será publicada en los Calendarios de Competición.

A efectos administrativos se considera el domingo como fecha oficial de los encuentros.

Horarios recomendados

Con el fin de alcanzar una mayor eficiencia en la designación de los equipos arbitrales, lo cual redunda entre otras cosas en evitar el aumento de los costes por desplazamiento que cada temporada se revisan y se repercuten si es necesario en el canon de cada categoría, se RECOMIENDA en las bandas horarias de Sábado/Mañana y Domingo/Mañana el establecimiento del horario de juego de los partidos a las 9h, 11h y 13 horas programándose los partidos de forma consecutiva. En todo caso, se podrían también programas a las 10 y las 12h de forma consecutiva si solo se disputaran dos encuentros en la franja horaria.

La FBCV se reserva la posibilidad de exigencia de estos horarios si existieran circunstancias que forzaran a que el cumplimiento de estos horarios fuera la única forma de hacer viable la designación del equipo arbitral de la categoría.

8.1

Bandas horarias

Afecta aClub

La entidad local podrá señalar el horario del inicio de los encuentros, dentro de la Banda Horaria Ampliada, fuera de la cual, para poder disputar un encuentro, deberá disponer de la conformidad del equipo contrario.

Banda Horaria AMPLIADA Temporada 26/27
Franja Horario
Sábado Mañana 09'00 a 13'00
Sábado Tarde 16'00 a 20'30
Domingo Mañana 09'00 a 13'00
Domingo Tarde 16'00 a 20'00
8.2

Cambio de hora por distancia

Afecta aClub

Cuando un encuentro tenga una hora prevista de juego fuera de la Banda Horaria Reducida y la distancia kilométrica entre los dos equipos contendientes en un encuentro sea de 65 o más Km., y con el fin de permitir el cómodo desplazamiento y el regreso de los equipos, el conjunto visitante podrá solicitar al equipo local la modificación de la hora de dicho partido, teniéndose que disputar dentro de la Banda Horaria Reducida.

Banda Horaria REDUCIDA Temporada 26/27
Franja Horario
Sábado Mañana 10'30 a 12'00
Sábado Tarde 17'00 a 20'00
Domingo Mañana 10'30 a 12'00
Domingo Tarde 17'00 a 18'30
Plazos
  • El equipo visitante deberá realizar la solicitud al menos 30 días antes de la fecha y hora prevista para la disputa del encuentro.
  • El equipo local dispone de plazo para realizar la modificación de hora hasta 15 días antes de la fecha y hora prevista para la disputa del encuentro.

En caso de no realizarse la modificación por parte del equipo local, la FBCV determinará como hora de juego la más cercana a la hora inicial pero Banda Horaria Reducida. Con posterioridad los equipos podrán modificar el horario según la norma de modificación establecida.

En caso de aprobarse a menos de 30 días de la disputa de un encuentro un cambio de hora que no precise conformidad del equipo contrario, el equipo visitante podrá solicitar en un plazo de 48 horas desde la comunicación del cambio, la modificación de hora para adecuarla a la Banda Horaria Reducida.

8.2.1Para las primeras jornadas de un calendario

Para las primeras jornadas de un calendario, donde no sea posible la aplicación de los plazos anteriores (30 días), el equipo visitante dispondrá hasta antes del último día hábil anterior a la disputa de la primera jornada de competición, para solicitar la aplicación de la presente norma para el cambio de hora.

8.2.2Cuando se realice una modificación de calendario de Resto de Temporada

Cuando se realice una modificación de calendario de Resto de Temporada, que conlleve la modificación de hora quedando esta fuera de la Banda Horaria Reducida, siempre que no sea posible la aplicación de los plazos anteriores (30 días), el equipo visitante dispondrá de DOS días hábiles para solicitar la aplicación de la presente norma para el cambio de hora. El plazo de DOS días contará a partir de la comunicación de la modificación del calendario.

8.3

Encuentros en días laborables

Afecta aClub

Los encuentros que tengan que disputarse en días laborables fuera de la fecha establecida para la jornada, tendrán la banda horaria delimitada desde las 17'00 horas a las 21'00 horas. En el caso de ser festivo el día de la disputa del encuentro será de aplicación la banda horaria determinada para los domingos.

8.4

Mínima diferencia entre encuentros

Afecta aClub

Es obligatorio para las entidades la programación de los encuentros en la misma cancha de juego, con un mínimo de dos horas de diferencia.

8.5

Dietas fuera de la banda horaria

Afecta aClubÁrbitro

Si la hora oficial de comienzo del encuentro figura dentro de la banda horaria establecida en las presentes Bases para su competición, no se aplicará ningún tipo de dieta.

Cuándo se aplican dietas

Corresponderá aplicar dietas en los siguientes casos:

  • Cuando el encuentro esté programado fuera de la Banda Horaria Ampliada, independientemente de la competición que dispute
  • Cuando estando programado dentro de la Banda Horaria Ampliada, el encuentro comience con un retraso de 15 minutos sobre los límites establecidos

En estos casos, el canon fijo por arbitraje se verá incrementado con la compensación arbitral establecida en el apartado correspondiente de las presentes Bases, por cada uno de los componentes del equipo arbitral, siempre que las causas del retraso no sean imputables a cualquiera de ellos.

Se exceptúan los partidos suspendidos momentáneamente, tanto si se han iniciado como si no, y que, estando programados con anterioridad a la hora establecida en la banda horaria, se reanudan con posterioridad al límite de la banda horaria.

Si la hora de comienzo del encuentro figura fuera de la banda horaria establecida, corresponderá asimismo el incremento citado de la compensación arbitral por cada uno de los componentes del equipo arbitral.

Cuando un encuentro se retrase por culpa de otro de baloncesto que se haya celebrado en la misma instalación, y que su inicio haya sido programado con DOS horas de antelación a aquel, no procederá el pago de la compensación antes citada siempre que el primer encuentro haya comenzado a la hora fijada en el Calendario de Competiciones.

8.6

Establecimiento de fecha/hora si no existe acuerdo de las entidades

Afecta aClub

Cuando esté pendiente el establecimiento de fecha y hora para la reanudación o disputa de un encuentro, la FBCV/DGD establecerá la nueva fecha y hora aplicando los siguientes criterios:

  • El encuentro se celebrará el miércoles o jueves de la semana siguiente a la fecha en la que tuvo que disputarse el encuentro. En caso de considerarlo necesario por parte de la FBCV/DGD, podría establecerse como fecha para la disputa, un miércoles posterior.
  • El horario de inicio será a las 19'30 horas.
  • El equipo local dispone de 48 horas desde el establecimiento de la nueva fecha y hora de celebración, para solicitar como fecha de disputa el miércoles o jueves de la misma semana en lugar del miércoles, sin precisar la conformidad del contrario.

Posteriormente a la comunicación de la FBCV/DGD con el establecimiento de la fecha y hora que corresponda, las Entidades podrán realizar modificaciones de la fecha, hora y campo de juego según la normativa establecida al respecto, sin coste alguno.

De forma extraordinaria, la FBCV/DGD se reserva la modificación de la aplicación del presente punto, siempre que entienda que concurren circunstancias especiales para ello.

8.7

Programa Tecnificació

Afecta aClubJugadorTécnico

Dada la obligatoriedad de asistencia a la actividad cuando un jugador/a y/o técnico haya sido convocado para una actividad dentro del Programa de Tecnificación de la FBCV (el cual incluye las convocatorias de las selecciones autonómicas), y dado que puede existir coincidencia de esta actividad con un encuentro en el que el jugador/técnico tiene licencia, cuando se realice la convocatoria y exista la mencionada coincidencia, se establecerá un plazo de TRES días hábiles para la comunicación del acuerdo de las dos entidades implicadas para establecer una nueva fecha y hora para la disputa del encuentro.

Si no hay acuerdo

Finalizado el plazo sin haber comunicado a la FBCV/DGD acuerdo alguno, el encuentro se celebrará a las 19:30 horas del miércoles de la semana siguiente a la finalización del plazo establecido para el acuerdo de las entidades.

En caso de considerarlo necesario por parte de la FBCV/DGD, podría establecerse como fecha para la disputa, un miércoles posterior.

Posteriormente a la comunicación de la FBCV/DGD con el establecimiento de la fecha y hora, las Entidades podrán realizar modificaciones de la fecha, hora y campo de juego según la normativa establecida al respecto.

De forma extraordinaria, la FBCV/DGD se reserva la modificación de la aplicación del mencionado criterio, siempre que entienda que concurren circunstancias especiales para ello.

La FBCV/DGD se reserva también la aplicación de esta norma en caso de que el retorno de los Campeonatos coincida con la disputa de una jornada cercana de competición, exceptuándose el caso que los clubes hayan acordado una fecha y hora de disputa del encuentro.

Cuando un jugador haya reforzado al menos en el 50 % de los partidos en un equipo de la Entidad de categoría superior, se podrá aplicar lo establecido en este punto para el equipo donde el jugador realiza el refuerzo.

!Inscripción obligatoria en el acta

Aquellos jugadores/as y técnicos que hayan provocado por tanto una modificación del encuentro previsto con su equipo, tendrán que estar obligatoriamente inscritos en el acta del encuentro el día y hora en el que se celebre definitivamente el encuentro.

8.8

Obligación de refuerzo

Afecta aClubJugador

Cuando por problemas de salud o lesiones, un equipo NO disponga de jugadores/as suficientes en su plantilla para la disputa de un encuentro, DEBERÁ completar el número mínimo exigido, alineando jugadores/as de equipos de su entidad que puedan reforzar en el equipo en cuestión según la normativa vigente.

Tan solo podrán solicitar la suspensión de un encuentro, con la presentación de certificados médicos de los jugadores no disponibles por problemas de salud o lesión, cuando no existan equipos que puedan aportar jugadores/as para el refuerzo.

iCategoría Infantil

Esta norma NO será de aplicación en las categorías Infantil, donde tan solo se podrá exigir el refuerzo con jugadores/as de equipos infantiles de la misma entidad, siempre cumpliendo con las normas relativas a refuerzos.

9
Afecta aClub

Modificación del terreno de juego, fecha y horario

Condiciones, plazos y tarifas de las solicitudes de modificación, límite de aplazamiento, cambios de equipación y nombre de equipo y exenciones de tasas.

9.1

Condiciones generales

Afecta aClub

Cualquier solicitud de modificación del terreno de juego, fecha y/u horario de los encuentros, deberá ser tramitado siguiendo los pasos que a tal efecto se establezcan a través de www.fbcv.es.

!Aprobación expresa

Las solicitudes de modificación se considerarán aprobadas cuando la FBCV así lo confirme, y por lo tanto, antes de esta confirmación, no se podrá considerar ninguna solicitud como aceptada, cumpla o no con todos los requisitos para ello.

Los cambios dentro de la misma jornada de sábado a domingo o viceversa no serán considerados como cambio de fecha, sino cambio de hora.

Cuando una petición incluya más de un concepto, sólo se abonará un importe (el de mayor cuantía), al igual que si se tratase de una modificación por uno solo de ellos.

Para las Eliminatorias de ida y vuelta en un mismo fin de semana, el equipo local podrá solicitar un horario de disputa diferente al habitual siempre que se solicite con antelación a la publicación de las Eliminatorias.

9.2

Plazos y tarifas

Afecta aClub
Plazos, conformidad y cuotas Temporada 26/27
Plazo de solicitud Modificación Conformidad Cuota
Más de 21 Días antes de la fecha de la jornada De Fecha NECESARIA 0 €
De Horario NO
De Campo NO 0 €
Más de 15 Días antes de la fecha de la jornada De Fecha NECESARIA 0 €
De Horario NO
De Campo NO 0 €
Más de 9 Días antes de la fecha de la jornada De Fecha NECESARIA 6 €
De Horario NECESARIA
De Campo NO 6 €
Menos de 9 Días antes de la fecha de la jornada De Fecha NECESARIA 20 €
De Horario NECESARIA
De Campo NECESARIA

En las solicitudes de modificación de campo, además de cumplir las condiciones señaladas, la FBCV/DGD se reserva la posibilidad de denegar una solicitud de resto de temporada, siempre que entienda que altera la composición geográfica inicial del grupo. Si el cambio es para una jornada, la FBCV/DGD se reserva la posibilidad de exigir la conformidad del equipo contrario si se entiende que la diferencia de desplazamiento lo requiere.

9.3

Límite de aplazamiento

Afecta aClub

Así mismo, cuando dos entidades soliciten el cambio de fecha de un encuentro, este deberá adelantarse a la fecha señalada en el Calendario de Competiciones, pudiéndose retrasar la fecha de celebración, pero nunca podrá superar la fecha prevista para la siguiente jornada del Calendario de Competiciones.

La FBCV/DGD podrá permitir un retraso superior al señalado, en el caso de que se entienda que concurren circunstancias que así lo justifiquen.

!Límite absoluto

En ningún caso se podrá aplazar un encuentro más allá de la fecha establecida para la última jornada del calendario.

9.4

Modificaciones equipación y nombre de equipo

Afecta aClub

Las entidades que quieran modificar la denominación de alguno de sus equipos, deberán seguir el procedimiento que se indique. El nombre de los equipos será revisado por la FBCV/DGD para no incumplir ninguna norma de denominación y, además por evitar confusiones en la identificación, siendo modificado por la FBCV/DGD en el caso de considerarlo necesario.

Una entidad podrá solicitar la modificación de las equipaciones titular y/o reserva. Si solicita la aplicación del cambio con menos de SIETE días de antelación, en el caso de tener que disputar encuentros en ese intervalo de tiempo, será necesaria la conformidad de los equipos contrarios.

Ninguna de estas modificaciones conllevará coste alguno.

9.5

Exención de tasas

Afecta aClub

9.5.1Justificaciones

Los justificantes de cualquier entidad, propietaria o no del terreno de juego, para que sean válidos con el fin de no abonar ninguna tasa para efectuar un cambio, deberán tener entrada en esta FBCV/DGD, junto con la solicitud de la modificación, de lo contrario se abonarán las tasas correspondientes.

9.5.2Tras publicación de calendarios

Tras la publicación de calendarios y con el fin de solucionar los ajustes necesarios por la imposibilidad de atender en su totalidad las peticiones de coincidencia y no coincidencia, las modificaciones que se soliciten antes del último día hábil anterior a la disputa de la primera jornada de competición no conllevarán coste alguno.

El resto de las condiciones para la aceptación de la solicitud se mantienen de la misma forma, exceptuando el cambio de terreno de juego para la primera jornada, el cual no requerirá la conformidad del equipo contrario.

Además, se establecerá un breve plazo tras la publicación de los calendarios en el cual no será necesaria la conformidad del equipo contrario para la primera jornada, para las modificaciones de hora, recordando que los cambios dentro de la misma jornada de sábado a domingo o viceversa no serán considerados como cambio de fecha, sino cambio de hora. También se establecerá el mismo criterio tras la publicación de cada ronda de eliminatorias.

9.5.3Trasladar a un día entre semana

Cuando los partidos de la jornada se adelanten o se atrasen a un día entre semana en lugar de celebrarse sábado o domingo, la realización del cambio tendrá coste cero. El encuentro deberá disputarse en la misma semana de la jornada correspondiente o en la posterior. Siempre será necesaria la conformidad del equipo contrario.

!Límite de la exención

Esta exención no será de aplicación cuando la solicitud de modificación se realice con menos de 9 días antes de la fecha de la jornada.

9.5.4No exento

Todo equipo que esté participando en una Competición Oficial organizada por la FBCV/DGD, y que disponiendo de la correspondiente autorización, se inscriba o participe en cualquier torneo organizado por la propia FBCV/DGD o cualquier otro organismo, deberá respetar la competición oficial, NO SIENDO CAUSA DE FUERZA MAYOR NI EXIMENTE, el participar en la otra. Por ello deberá adecuar los horarios y días de juego de la otra competición, abonando incluso los cánones correspondientes por cambios y demás normas.

10
Afecta aClub

Indemnizaciones

Las tarifas de indemnización a entidades por la no celebración de un encuentro en la fecha fijada; son de carácter administrativo, siendo la FBCV/DGD o en su caso los Órganos Disciplinarios los que fijen a quién corresponde el pago de las mismas, previa solicitud por escrito de la parte interesada.

El importe de dichas indemnizaciones se determinará anualmente en el apartado correspondiente de las presentes Bases.

El pago de dichas indemnizaciones corresponderá al equipo local, equipo visitante, o FBCV/DGD cuando según determinación de los Órganos Disciplinarios sean responsables de la no disputa de un encuentro, siendo siempre los referidos Órganos Disciplinarios, el que determine si procede o no el abono de la susodicha indemnización.

El responsable, según determine la resolución de los Órganos Disciplinarios, deberá abonar además los gastos o sanciones que se indiquen en la misma, siendo responsabilidad de la FBCV/DGD encargarse del cobro haciéndola llegar a la parte interesada.

11
Afecta aClubJugador

Inscripciones

Inscripción de la entidad, de los equipos y tramitación de licencias.

11.1

Inscripción de entidad

Afecta aClub

Toda entidad que desee inscribir equipos en alguna de las competiciones organizadas por la FBCV/DGD, deberá realizar la inscripción como entidad, siguiendo los pasos que a tal efecto se establezcan a través de www.fbcv.es.

Cuando la inscripción se realice por primera vez, se deberá presentar en la FBCV/DGD copia de los Estatutos si es una Entidad Deportiva o en el caso de no ser una entidad deportiva se solicitará la documentación que se entienda necesaria para acreditar la validez de la entidad.

Correo electrónico obligatorio

Será requisito indispensable, poner a disposición de la FBCV/DGD, una dirección de correo electrónico, en el cual recibir todas las comunicaciones oficiales dirigidas a la entidad en la presente temporada.

Quedará bajo la responsabilidad del gestor de la cuenta de correo electrónico facilitada, la recepción de las comunicaciones que se realicen, para lo cual deberá de poner los medios que considere.

Será considerado requisito previo a la inscripción de la entidad, haber saldado cualquier deuda de carácter económico contraída con la FBCV.

11.2

Inscripción de equipo

Afecta aClub

Aquella entidad que haya formalizado su inscripción como tal en la FBCV/DGD, podrá inscribir sus equipos en aquellas competiciones en las que haya adquirido derecho de inscripción, o en aquellas competiciones en las que no sea necesario tener derecho de inscripción.

Para realizar la inscripción deberá seguir los pasos que a tal efecto se establezcan a través de www.fbcv.es.

11.3

Inscripción de licencias

Afecta aClubJugadorTécnicoDelegado

Una vez formalizada la inscripción de un equipo, la entidad podrá diligenciar las licencias, cumpliendo con la normativa al respecto y dentro de los plazos establecidos, para lo que deberá seguir los pasos que a tal efecto se establezcan a través de www.fbcv.es.

Deberá presentar tal y como se indique en el proceso de tramitación la siguiente documentación:

  • Solicitud de licencia que deberá ir firmada por el jugador/a, técnico, asistente, y/o delegado donde autorizan la tramitación de la licencia. En el caso de ser menor de edad el titular de la licencia, será requisito indispensable la firma del padre/madre/tutor.
  • Se podrá utilizar la firma digital certificada
  • UNA fotografía color, tipo carnet.
  • Fotocopia del DNI, pasaporte o permiso de residencia
  • Impreso de Desvinculación, documentación Special Case, Declaración Jurada y/o transfer internacional (si fuese necesario).
Requisitos del jugador/a

Para que un jugador/a pueda suscribir la solicitud de licencia deberá reunir alguno de los siguientes requisitos:

  • Ser español
  • Poseer la nacionalidad de alguno de los estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.
  • Permiso de residencia y/o trabajo o visado de estudios, concedido y en vigor, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.5 del Reglamento General y de Competiciones de la FEB.
!Deudas del club retirado

Los Jugadores/as de un equipo que con su retirada de la competición deje al club sin actividad en la FBCV en la temporada, no podrán tramitar licencias por ningún otro equipo, mientras no se salde la deuda con la FBCV/DGD que pudiera tener el Club del equipo retirado.

Excepcionalmente, se podrá autorizar la tramitación de la licencia a aquellos jugadores que se hagan cargo de la proporción de la deuda que les corresponde con respecto al número de jugadores de los equipos retirados.

12
Afecta aClub

Normas y obligaciones administrativas

Denominaciones, sanciones económicas, retiradas de la competición y condiciones de los escritos dirigidos a la FBCV/DGD.

12.1

Condiciones generales

Afecta aClub

Ninguna entidad y/o equipo podrá llevar en ninguna de sus denominaciones oficiales de entidad y/o equipo, cualquier otra que ya exista en otra entidad.

Se recuerda, a las entidades, la obligación de respetar la armonía tanto en la organización como respecto a las demás entidades deportivas, no pudiendo llevar a cabo acciones o manifestaciones que atenten contra esta armonía.

Además de lo ya expuesto en estas Bases, cualquier equipo que tenga posibilidades de acudir a una Fase o Campeonato de España deberá presentar la documentación que exija la FEB en sus Normas.

!Responsabilidad de consulta

Todas las entidades deberán descargar y/o consultar la información sobre la competición publicada en www.fbcv.es, siendo en cualquier caso responsabilidad de las propias entidades el hacerlo, eximiendo por lo tanto a la FBCV/DGD de cualquier responsabilidad referente a no disponer del mismo.

12.2

Sanciones económicas

Afecta aClub

Con el fin de garantizar el cumplimento de las normas recogidas en estas Bases, los Órganos Disciplinarios de la FBCV podrán establecer sanciones económicas en las resoluciones si así lo entienden necesario.

Los únicos conceptos por los que podrán aplicar este punto, será por:

  • la no presentación de licencias a un encuentro
  • la no presentación de entrenador/a del equipo a un encuentro
  • la no presentación de Delegado de Campo a un encuentro
  • incomparecencias injustificadas a un encuentro
  • retiradas de la competición
  • no disposición del terreno de juego a la fecha y hora establecida
  • no disposición del terreno de juego en condiciones, cumpliendo con los requisitos de la normativa de su competición
  • cualquier otro concepto que los órganos disciplinarios entiendan que son asimilables a los anteriormente descritos

En el caso de retiradas de la competición la FBCV/DGD revisarán la cantidad que le corresponda al equipo sobre la aportación de la DGD.

12.3

Retirada

Afecta aClub

12.3.1Después de la inscripción

La retirada de un equipo una vez realizada su inscripción, supondrá la obligación de hacerse cargo de las cantidades correspondientes a la participación en la competición en la que estuviera participando, así como otros costes que se pudieran haber generado, a criterio de los Órganos Disciplinarios correspondientes, con independencia del pago de las sanciones que le pudieran ser imputadas por los mismos.

12.3.2Después de iniciada la competición

!Consecuencias

Si una vez comenzada la competición, se retirase algún equipo o fuera descalificado por los Órganos Disciplinarios de la FBCV/DGD, ocupará la última plaza en la clasificación de la competición que esté disputando y tan solo tendrá derecho de inscripción la siguiente temporada en el último de los Niveles que se convoquen en la Fase que le corresponda, salvo acuerdo en contra de la FBCV/DGD.

12.4

Condiciones escritos

Afecta aClub

En todo escrito dirigido a la FBCV/DGD o a cualquiera de sus órganos, deberá ir plenamente identificado la entidad en cuestión y la persona que lo suscribe, con expresión de su cargo, número del DNI, y firmado por el mismo.

Comité de Competición

Los escritos dirigidos al Comité de Competición de la FBCV/DGD deberán tener entrada en la misma antes de las 15.00 horas del segundo día hábil desde la fecha señalada para la celebración del encuentro. Cualquier escrito presentado fuera de este plazo no será tenido en cuenta.

13
Afecta aClubÁrbitro

Reglamento de juego, balón y campo a utilizar en las distintas competiciones

Reglamento aplicable y balón oficial por categoría, línea de 3 puntos y balón oficial FBCV.

Reglamento y balón Temporada 26/27
Categories Reglamento Balón
Cadet Femení FIBA INTERMEDIO (6) (**)
Infantil Femení PASARELA FBCV INTERMEDIO (6) (**)
Cadet Masculí FIBA SENIOR (7) (**)
Infantil Masculí PASARELA FBCV SENIOR (7) (**)
Pre-Infantil Masculino PASARELA FBCV MINIBASKET (5) (**)
Pre-Infantil Femenino PASARELA FBCV MINIBASKET (5) (**)
Alevín y Benjamín Mas/Fem MINIBASKET FBCV MINIBASKET (5) · Especial 3x3
i(**) Línea de 3 puntos

Se aplicará la línea de 3 puntos a 6,25 en todas las competiciones excepto en:

Cadete Masculino Nivel Autonómico Cadete Masculino Campeonato Autonómico Cadete Femenino Nivel Autonómico Cadete Femenino Campeonato Autonómico Infantil Masculino Nivel Autonómico Infantil Masculino Campeonato Autonómico Infantil Femenino Nivel Autonómico Infantil Femenino Campeonato Autonómico

donde se aplicará la línea de 3 puntos a 6,75.

Baló Oficial FBCV

Se establece como Balón Oficial FBCV el de la marca Rasán, y será obligatorio su uso en todos los encuentros oficiales. Además, se establece que los balones para el calentamiento de los dos equipos deberán ser del mismo modelo Rasán que el balón de juego.

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Afecta aClubÁrbitro

Marcador 40 puntos

Cuando un equipo supere en el marcador a otro por una diferencia de 40 puntos o más, el resultado final del encuentro será el que marque en ese momento el acta oficial.

Los minutos que resten por jugar no tendrán incidencia ni en el acta ni a efectos clasificatorios con las siguientes excepciones:

  • Las faltas se continuarán contabilizando
  • Si hubiese alguna falta descalificante se trasladará a los Órganos Disciplinarios competentes.

Esta norma será de aplicación en todas las competiciones IR.

15
Afecta aClubTécnicoÁrbitro

Expulsión entrenador

Consecuencias de la expulsión del entrenador cuando no hay otro técnico o delegado que pueda hacerse cargo del equipo.

!Suspensión del encuentro

Si en el transcurso de un encuentro se produjese la expulsión del entrenador del terreno de juego por parte del árbitro, en el caso de no haber sido alineado en el encuentro ningún otro técnico o delegado que haya cumplido los 16 años de edad y que pueda hacerse cargo del equipo, el encuentro quedará suspendido, siendo los Órganos Disciplinarios los que resuelvan el mismo, dando por perdido el encuentro si en el momento de la expulsión del entrenador fueran ganando o manteniendo el resultado en caso de ir perdiendo.

16
Afecta aClub

Calendario administrativo

Calendarios de inscripción, distribución y publicación por categoría, procedimiento de adjudicación de claves y solicitudes de coincidencia/no coincidencia.

16.1

Cadete e Infantil Nivel Autonómico

Calendario administrativo Cadete e Infantil Nivel Autonómico
Fecha Día Hito
15-sep-26 martes Fin plazo INSCRIPCIÓN equipos · Fin plazo solicitud de COINCIDENCIA/NO COINCIDENCIA
22-sep-26 martes Publicación DISTRIBUCIÓN · Día 8+1 Licencias
29-sep-26 martes Publicación CALENDARIOS
16.2

Resto cadetes, infantiles, pre-infantil y alevín

Calendario administrativo Resto cadetes, infantiles, pre-infantil y alevín
Fecha Día Hito
22-sep-26 martes Fin plazo INSCRIPCIÓN equipos · Fin plazo solicitud de COINCIDENCIA/NO COINCIDENCIA
29-sep-26 martes Publicación DISTRIBUCIÓN · Día 8+1 Licencias
6-oct-26 martes Publicación CALENDARIOS
16.3

Benjamí

Calendario administrativo Benjamí
Fecha Día Hito
29-sep-26 martes Fin plazo INSCRIPCIÓN equipos · Fin plazo solicitud de COINCIDENCIA/NO COINCIDENCIA
6-oct-26 martes Publicación DISTRIBUCIÓN · Día 8+1 Licencias
13-oct-26 martes Publicación CALENDARIOS
16.4

Procedimiento para adjudicación de claves y confección de calendarios

Afecta aClub

Los equipos podrán realizar solicitudes de coincidencias y/o no coincidencias con otros equipos para la confección del Calendario Oficial de competiciones, debiendo hacerlo por escrito antes del plazo establecido.

Se atenderán y se adjudicarán las claves de acuerdo con las peticiones realizadas por los Clubes dentro del plazo.

En caso de que dos Clubes presenten solicitudes idénticas o similares, la FBCV adjudicará las claves teniendo en cuenta condicionantes como el número de equipos inscritos, el número de equipos implicados en la solicitud, e incluso la fecha en que se presentó la solicitud.

16.5

Solicitud de coincidencia/no coincidencia en cambios de fase

Afecta aClub

Para la elaboración de calendarios de los Campeonatos, se tendrán en cuenta preferentemente las solicitudes de coincidencia/no coincidencia, presentadas antes de la finalización de la Fase Niveles.

Publicación de calendarios

Los calendarios de los Campeonatos se publicarán el viernes siguiente a la finalización de la Fase Niveles.

17
Afecta aClub

Cuotas por participación

Con la unificación de todas las competiciones de categorías de base de baloncesto y para el mantenimiento del nivel técnico de la competición en cuanto a calidad y cantidad, se requiere una aportación por parte de las entidades que permita asegurar su desarrollo.

Por ello se establece una cuota de participación por cada una de las competiciones, que los equipos participantes abonarán de la forma que más adelante se establece y en la que están incluidos los gastos de inscripción, licencias y arbitraje.

Para subvencionar estas cuotas, la Generalitat convoca ayudas destinadas a entidades inscritas y que participan en el nivel de Rendimiento de los Jocs Esportius a las que deberán acogerse y solicitar estas entidades.

Además, la Generalitat garantiza la cobertura para todos los participantes del seguro médico-deportivo, sufragando la Generalitat los costes de la contratación.

17.1

Cuota de participación para la temporada

Afecta aClub

Las cantidades detalladas se abonarán con concepto de participación, incluyendo los conceptos de inscripción, licencias y arbitrajes, siendo el resto de los gastos que genere la entidad facturados aparte (modificaciones de calendarios, etc.).

!Cuota asociada al Nivel

Estas cantidades se asocian al Nivel en el que cada equipo dispute la Fase Niveles, independientemente del Campeonato para el que se clasifique en la segunda parte de la temporada.

Cuota de participación por Nivel Temporada 26/27
Categoria Nivel Cuota
Cadet Masculí Nivel Autonómico 1.576 €
Nivel Preferente 1.404 €
Nivel 1ª Zonal 1.368 €
Nivel 2ª Zonal 1.192 €
Cadet Femení Nivel Autonómico 1.488 €
Nivel Preferente 1.240 €
Nivel 1ª Zonal 976 €
Infantil Masculí Nivel Autonómico 1.576 €
Nivel Preferente 1.404 €
Nivel 1ª Zonal 1.368 €
Nivel 2ª Zonal 1.192 €
Infantil Femení Nivel Autonómico 1.488 €
Nivel Preferente 1.240 €
Nivel 1ª Zonal 976 €
Pre-Infantil Masculino Nivel Autonómico 1.192 €
Nivel Preferente 1.192 €
Pre-Infantil Femenino Nivel Autonómico 976 €
Aleví Masculí Nivel Autonómico 1.436 €
Nivel Preferente 904 €
Nivel 1ª Zonal 832 €
Nivel 2ª Zonal 832 €
Aleví Femení Nivel Autonómico 1.436 €
Nivel Preferente 904 €
Nivel 1ª Zonal 832 €
Benjamí Mixte Nivel Autonómico 960 €
Nivel Preferente 832 €
Nivel 1ª Zonal 832 €
Benjamí Femení Nivel Autonómico 892 €
Nivel Preferente 892 €
17.2

Cuota por licencia para jugadores/as de NP para reforzar en equipos

Afecta aClubJugador
Cuota de refuerzo

Se establece una cuota 3 € por la tramitación de cada una de las licencias que se emitan en este concepto de refuerzo.

17.3

Forma de pago

Afecta aClub

Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la siguiente cuenta:

Cuentas bancarias FBCV
Entidad IBAN
KUTXABANK ES13 2095 5526 6091 0984 3364
CAIXABANK ES48 2100 8681 5602 0001 9142

El justificante de la transferencia deberá enviarse a la FBCV, con el fin de confirmar la inclusión de los equipos en la competición IR.

!Impago en plazo

En el caso de que alguna entidad no haga efectivas las cantidades señaladas en los plazos indicados, dicho incumplimiento podrá ser corregido por los órganos correspondientes.

17.3.1Entidades SIN equipos en competiciones Sénior y/o Junior de la FBCV

Importes por plazo · Entidades SIN Sénior/Junior 2 plazos
Categoria Nivel Plazo 1 Plazo 2
Cadet Masculí Nivel Autonómico 788 € 788 €
Nivel Preferente 702 € 702 €
Nivel 1ª Zonal 684 € 684 €
Nivel 2ª Zonal 596 € 596 €
Cadet Femení Nivel Autonómico 744 € 744 €
Nivel Preferente 620 € 620 €
Nivel 1ª Zonal 488 € 488 €
Infantil Masculí Nivel Autonómico 788 € 788 €
Nivel Preferente 702 € 702 €
Nivel 1ª Zonal 684 € 684 €
Nivel 2ª Zonal 596 € 596 €
Pre-Infantil Masculino Nivel Autonómico 596 € 596 €
Nivel Preferente 596 € 596 €
Infantil Femení Nivel Autonómico 744 € 744 €
Nivel Preferente 620 € 620 €
Nivel 1ª Zonal 488 € 488 €
Pre-Infantil Femenino Nivel Autonómico 488 € 488 €
Aleví Masculí Nivel Autonómico 718 € 718 €
Nivel Preferente 452 € 452 €
Nivel 1ª Zonal 416 € 416 €
Nivel 2ª Zonal 416 € 416 €
Aleví Femení Nivel Autonómico 718 € 718 €
Nivel Preferente 452 € 452 €
Nivel 1ª Zonal 416 € 416 €
Benjamí Mixte Nivel Autonómico 480 € 480 €
Nivel Preferente 416 € 416 €
Nivel 1ª Zonal 416 € 416 €
Benjamí Femení Nivel Autonómico 446 € 446 €
Nivel Preferente 446 € 446 €
Plazos de pago
  • Primer plazo: 1 de octubre de 2.026
  • Segundo plazo: 15 de enero de 2.027

17.3.2Entidades CON equipos en competiciones Senior y/o Junior de la FBCV

Importes por plazo · Entidades CON Sénior/Junior 4 plazos
Categoria Nivel Plazo 1 Plazo 2 Plazo 3 Plazo 4
Cadet Masculí Nivel Autonómico 394 € 394 € 394 € 394 €
Nivel Preferente 351 € 351 € 351 € 351 €
Nivel 1ª Zonal 342 € 342 € 342 € 342 €
Nivel 2ª Zonal 298 € 298 € 298 € 298 €
Cadet Femení Nivel Autonómico 372 € 372 € 372 € 372 €
Nivel Preferente 310 € 310 € 310 € 310 €
Nivel 1ª Zonal 244 € 244 € 244 € 244 €
Infantil Masculí Nivel Autonómico 394 € 394 € 394 € 394 €
Nivel Preferente 351 € 351 € 351 € 351 €
Nivel 1ª Zonal 342 € 342 € 342 € 342 €
Nivel 2ª Zonal 298 € 298 € 298 € 298 €
Pre-Infantil Masculino Nivel Autonómico 298 € 298 € 298 € 298 €
Nivel Preferente 298 € 298 € 298 € 298 €
Infantil Femení Nivel Autonómico 372 € 372 € 372 € 372 €
Nivel Preferente 310 € 310 € 310 € 310 €
Nivel 1ª Zonal 244 € 244 € 244 € 244 €
Pre-Infantil Femenino Nivel Autonómico 244 € 244 € 244 € 244 €
Aleví Masculí Nivel Autonómico 359 € 359 € 359 € 359 €
Nivel Preferente 226 € 226 € 226 € 226 €
Nivel 1ª Zonal 208 € 208 € 208 € 208 €
Nivel 2ª Zonal 208 € 208 € 208 € 208 €
Aleví Femení Nivel Autonómico 359 € 359 € 359 € 359 €
Nivel Preferente 226 € 226 € 226 € 226 €
Nivel 1ª Zonal 208 € 208 € 208 € 208 €
Benjamí Mixte Nivel Autonómico 240 € 240 € 240 € 240 €
Nivel Preferente 208 € 208 € 208 € 208 €
Nivel 1ª Zonal 208 € 208 € 208 € 208 €
Benjamí Femení Nivel Autonómico 223 € 223 € 223 € 223 €
Nivel Preferente 223 € 223 € 223 € 223 €
Plazos de pago
  • Primer plazo: 1 de octubre de 2.026
  • Segundo plazo: 15 de noviembre de 2.026
  • Tercer plazo: 15 de enero de 2.027
  • Cuarto plazo: 1 de marzo de 2.027
17.4

Forma de facturación a las entidades

Afecta aClub

Por cada uno de los plazos establecidos, se emitirán por parte de la FBCV, la correspondiente factura en concepto de participación en las competiciones de IR en la presente edición de los JECV.

17.5

Compensación arbitral por jugar fuera de la banda horaria

Afecta aClubÁrbitro
Importe de la compensación

El importe de la referida compensación para la presente temporada queda fijado en 12 € para cada miembro del equipo arbitral.

17.6

Importe indemnizaciones por la no celebración de un encuentro

Afecta aClub
Importe de la indemnización

Para la presente temporada el referido importe queda establecido en 1.5 € por kilómetro recorrido por el equipo (ida y vuelta), abonándose un mínimo de 40 €.

18
Afecta aClubTécnicoJugador

Régimen disciplinario

Para resolver las cuestiones suscitadas en materia de disciplina deportiva, se aplicará el reglamento federativo.

Los comités disciplinarios, según el nivel y los ámbitos son los siguientes:

  • En primera instancia: En competiciones provinciales y autonómicas, el comité de competición de la federación, asistido por una persona responsable del ámbito federativo de los Juegos Deportivos de la Comunitat Valenciana.
  • En segunda instancia: El comité de apelación de la federación, asistido por una persona responsable del ámbito federativo de los Juegos Deportivos de la Comunitat Valenciana.
  • En última instancia: El Tribunal del Deporte de la Comunitat Valenciana, que agota la vía administrativa.
19
Afecta aClubJugador

Asistencia médica

Los participantes con licencia de JOCSE tendrán cobertura de un seguro de accidentes deportivos por la actividad deportiva desarrollada durante los juegos escolares.

Plazo de atención

Esta atención deberá producirse antes de 48 horas desde que ocurra el accidente.

Para poder ser beneficiario de la asistencia se habrá formalizado la inscripción correspondiente y disponer de la licencia deportiva de los Juegos deportivos.

El protocolo para seguir será el siguiente (en la página web de JOCSE se puede encontrar de forma más detallada):

https://presidencia.gva.es/es/web/deporte/jocs-esportius

  • a. Acudir al hospital de la red de la Conselleria de Sanidad, en un plazo de 48 horas desde el accidente, más cercano al lugar del accidente (se deberá aportar la licencia de JOCSE en el mismo).
  • b. En caso de necesidad de una atención posterior a la prestada en primera instancia, cuando indiquen en urgencias la necesidad de un seguimiento por un especialista, el accidente deberá ser comunicado después de la primera atención.
iDefinición de accidente

Se entiende por accidente la lesión corporal que deriva de una causa violenta, repentina y ajena a la intencionalidad y voluntad de la persona asegurada, sobrevenida por el hecho u ocasión del ejercicio de la actividad o competición deportiva asegurada, y que le provoque invalidez temporal, permanente o muerte, sin patología ni alteración anatómica previa.