Normas de Competición FBCV
Normas de Competición FBCV
Las presentes Normas son comunes para todas las Competiciones organizadas por la Federación de Baloncesto de la Comunidad Valenciana (en adelante FBCV).
Así mismo, estas Normas afectan, y son de obligado cumplimiento, para todos aquellos Clubes o equipos que, participando en Competiciones Nacionales (no organizadas por la FBCV), tengan su domicilio en la Comunitat, estando adscritos por lo tanto a la citada FBCV.
La Junta Directiva, queda facultada para interpretar o concretar todo aquello que no esté recogido en estas Normas o que sea de dudoso entendimiento, siempre en bien del Baloncesto de la Comunitat.
Competiciones organizadas por la FBCV
Estas son las competiciones organizadas por la FBCV que están bajo la regulación de estas Normas de Competición.
-
Sénior Masculino
- 1ª Divisió Masculina
- Autonòmic
- Preferent
- 1a Zonal
- 2a Zonal
-
Sénior Femenino
- 1ª Divisió Femenina
- Autonòmic
- Preferent
-
Júnior Masculí
- Nivel Autonómico
- Nivel Preferente
- Nivel 1ª Zonal
- Cto. Autonómico
- Cto. Preferente
- Cto. 1ª Zonal
- Cto. 2ª Zonal
-
Júnior Femení
- Nivel Autonómico
- Nivel Preferente
- Nivel 1ª Zonal
- Cto. Autonómico
- Cto. Preferente
- Cto. 1ª Zonal
-
U17 3x3
- Masculino
- Femenino
- Lliga Valenciana 2026
- Trofeo Federación 2027
Además, la FBCV podrá organizar otras competiciones, bien a iniciativa propia o a propuesta de Clubes, entidades deportivas públicas o privadas, siempre dentro del ámbito de las competencias de la propia FBCV.
Edades
Se establecen las siguientes categorías masculinas y femeninas, según el año de nacimiento de los jugadores/as.
| Categoria | Años de nacimiento |
|---|---|
| Júnior | Nacidos/as en los años 2009 y 2010 |
| Sénior Sub-20 | Nacidos entre los años 2007 y 2008 |
| Sénior Sub-22 | Nacidos entre los años 2005 y 2008 |
| Sénior | Nacidos/as en año 2007 y anteriores |
Participación
Participarán en cada campeonato los equipos que hayan formalizado su inscripción y cumplan todas las normas y requisitos establecidos por la FBCV.
Requisitos
Se establecen los siguientes requisitos de equipos de formación y se permitirá que los clubes que deben cumplir con los requisitos de equipos en su estructura puedan DEJAR DE CUMPLIR con la inscripción de UNO de los equipos requeridos.
Los clubes participantes en estos campeonatos, además, deberán participar en alguno de los campeonatos organizados por la FBCV/JECV con:
- UN equipo de la categoría BENJAMÍN MIXTO IR
- UN equipo de la categoría ALEVÍN MASCULINO IR
- UN equipo de la categoría INFANTIL/PRE-INFANTIL MASCULINO IR
- UN equipo de la categoría CADETE MASCULINO IR
- UN equipo de la categoría JUNIOR MASCULINO
- UN equipo de la categoría SENIOR O JUNIOR MASCULINO
Los clubes participantes en estos campeonatos, además, deberán participar en alguno de los campeonatos organizados por la FBCV/JECV con:
- UN equipo de la categoría ALEVÍN MASCULINO IR
- UN equipo de la categoría INFANTIL/PRE-INFANTIL MASCULINO IR
- UN equipo de la categoría CADETE MASCULINO IR
- UN equipo de la categoría JUNIOR MASCULINO
- UN equipo de la categoría SENIOR O JUNIOR MASCULINO
Los clubes participantes en este campeonato, además, deberán participar en alguno de los campeonatos organizados por la FBCV/JECV con:
- UN equipo de la categoría JUNIOR MASCULINO
-
UN equipo en alguna de estas categorías
- INFANTIL/PRE-INFANTIL MASCULINO IR
- CADETE MASCULINO IR
Los clubes participantes en estos campeonatos además deberán participar en alguno de los campeonatos organizados por la FBCV con:
- UN equipo de la categoría BENJAMÍN MIXTO IR O BENJAMÍN FEMENINO IR
- UN equipo de la categoría ALEVÍN FEMENINO IR
- UN equipo de la categoría INFANTIL/PRE-INFANTIL FEMENINO IR
- UN equipo de la categoría CADETE FEMENINO IR
- UN equipo de la categoría JÚNIOR FEMENÍ
3.1.5Retirada de equipos de clubes con requisitos
En el caso que alguno de los equipos necesarios para cumplir los requisitos no terminara la competición, bien por retirada de la misma por parte del club, o bien por parte de los órganos disciplinarios de esta FBCV, el equipo que debe cumplir los requisitos ocupará una de las plazas de descenso.
Limitaciones
3.2.1Número de equipos de una misma entidad
La participación queda limitada a UN sólo equipo por entidad, excepto en:
- Sénior Masculino 2ª Zonal
-
Júnior Masculí
- Nivel 1ª Zonal
- Cto. Preferente
- Cto. 1ª Zonal
- Cto. 2ª Zonal
- Sénior Femenino Preferente
-
Júnior Femení
- Nivel 1ª Zonal
- Cto. Preferente
- Cto. 1ª Zonal
3.2.2Descenso por descenso – Sin derecho a ascenso
Queda establecido que en el caso de equipos del mismo club participantes en campeonatos inmediatos en su orden:
- el descenso del equipo del campeonato superior implica el descenso del equipo del inferior, independientemente del número de ascensos y descensos preestablecidos, salvo que el equipo del campeonato inferior haya obtenido el ascenso, en cuyo caso este sería respetado.
- el equipo del campeonato inferior participa sin derecho al ascenso, independientemente del número de ascensos y descensos preestablecidos, salvo que el equipo del campeonato superior haya obtenido el ascenso o descenso, en cuyo caso el ascenso del equipo de categoría inferior sería respetado.
- Cuando el equipo de categoría superior, que ha provocado el "descenso por descenso" o la participación "sin derecho a ascenso", deje de tener derecho en la categoría superior por cualquier motivo, el equipo afectado será quien ocupe la vacante que se genere por la salida del equipo en la categoría superior.
3.2.3Clasificación para Niveles de siguiente temporada de equipos de una misma entidad en Junior Masculino y Junior Femenino
En el caso de equipos de una misma entidad participantes en Campeonatos inmediatos en su orden, si ambos equipos obtuvieran una clasificación que les diera el acceso al mismo Nivel para la siguiente temporada, tan solo podrá optar a ese Nivel el equipo de esa entidad que proceda del Campeonato superior, o en el caso de estar disputando el mismo Campeonato, el que haya obtenido la mejor clasificación, quedando el otro/s equipos en el Nivel inmediato inferior.
Su derecho de clasificación se trasladará a los dos siguientes equipos clasificados además de los que les corresponda.
Orden de preferencia para cubrir las vacantes
3.3.1Plazos para solicitudes
En caso de producirse alguna vacante y/o baja en un campeonato y si la FBCV estimase oportuno cubrirla, se tendrán en cuenta las solicitudes de los clubes, siempre por escrito, siguiendo el siguiente orden:
- 1º.- Las presentadas hasta el 30 de junio del año en curso.
- 2º.- Las presentadas hasta el día de finalización del plazo de inscripción del campeonato solicitado.
- 3º.- Las presentadas hasta el día anterior de la publicación del calendario del campeonato solicitado.
3.3.2Orden de preferencia
En el caso de competiciones que disputen Fase de Ascenso de Pretemporada (FAP), los equipos que la disputen y en el orden que se clasifiquen, serán los primeros con opción a cubrir las vacantes que se hayan producido.
El orden de preferencia, dentro de cada uno de los plazos anteriores, entre los solicitantes será el que sigue:
- 1º.- Si existe Fase Final, los equipos que la hayan disputado.
- 2º.- Los equipos descendidos del campeonato en cuestión, intercalados con los equipos clasificados a continuación de los que asistieron a la Fase Final, si ésta existiera, o los clasificados a continuación de los ascendidos al campeonato. Siendo el primero el mejor clasificado de los descendidos.
- 3º.- Los ascendidos al campeonato inmediato inferior.
- 4º.- Los equipos de los restantes campeonatos, de acuerdo con el mismo sistema de orden establecido anteriormente.
- 5º.- Los equipos de nueva inscripción.
3.3.3Participación sin derecho al ascenso
En el caso de que un equipo participe en un campeonato sin derecho al ascenso, ello no obstará para que exista una única clasificación final. Para este supuesto, el derecho al ascenso se trasladará a los dos siguientes equipos clasificados de su grupo además de los que les corresponda según los Sistemas de Competición. Caso de que alguno, o los dos equipos, hayan participado también sin este derecho, la plaza quedará vacante, aplicándose la normativa en vigor.
3.3.4Misma categoría y misma clasificación
En el caso de que dos equipos de la misma categoría, con la misma clasificación en la temporada anterior, opten a cubrir una sola vacante, los criterios a aplicar para determinar cuál de ellos tendrá preferencia sobre el otro serán los siguientes, siempre que el número de partidos disputados haya sido el mismo para los dos equipos:
- 1º.- Los puntos obtenidos en los partidos de la Fase Regular, clasificándose en primer lugar, el que sume más puntos.
- 2º.- Mayor diferencia de tantos a favor y en contra en la suma de todos los encuentros de la Fase Regular.
- 3º.- Mayor número de tantos a favor en la suma de todos los encuentros de la Fase Regular.
En el caso de que el número de partidos disputados no haya sido el mismo para los dos equipos, la información a valorar será proporcionada al número de partidos disputados por cada uno de ellos.
Cuando intervenga en uno de los supuestos anteriores un equipo que contase en su contra con algún tanteo de 2-0 o haya cometido una infracción cuya sanción pudiera ser este resultado, éste ocupará la última posición de todos los equipos empatados a puntos con él, independientemente de los resultados obtenidos con los equipos con los que estuviera empatado a puntos.
Este criterio será de aplicación cuando sea necesario determinar el orden de preferencia para la clasificación a siguientes fases, de equipos en una misma posición en la clasificación, pero en grupos distintos.
Renuncias al campeonato
3.4.1Renuncia al ascenso
Todo equipo que haya logrado una clasificación en un campeonato que le permita el ascenso, podrá renunciar al mismo en los siguientes términos:
- La renuncia habrá de efectuarse, en todo caso, por escrito firmado por el presidente del Club, dirigido a la FBCV.
- Si la renuncia tuviese lugar en el plazo comprendido entre la jornada de finalización del campeonato correspondiente y el 30 de junio se entenderá realizada a tiempo, y por ello, el equipo que renunciase conservará sus derechos a participar en el campeonato en que lo hizo durante la temporada en la que lleve a cabo la renuncia.
- En el caso de existir renuncias al ascenso al campeonato superior presentadas con anterioridad al 30 de junio, el derecho al ascenso se trasladará a los dos siguientes equipos clasificados además de los que les corresponda según los Sistemas de Competición. Caso de que alguno, o los dos equipos, renunciaran también a este derecho en los plazos que para cada caso determine la FBCV, no perderían los derechos en el campeonato en el que hayan participado. La plaza de ascenso no cubierta quedará vacante, aplicándose la normativa en vigor.
- Si la renuncia se realizase con posterioridad al 30 de junio se considerará hecha fuera de plazo y, por tanto, el equipo que renunciase deberá realizar la inscripción en el último campeonato de los que organice la FBCV. En este caso la plaza quedará vacante, aplicándose la normativa en vigor.
La renuncia fuera de tiempo, aparte del efecto ya mencionado, conllevará el pago del importe de los gastos que dicha decisión pueda suponer, pudiéndose determinar la pérdida de avales, cuotas de participación, etc.
3.4.2Renuncia a la participación
Los equipos que renuncien a participar en el campeonato que les corresponda, excepto los equipos ascendidos que se regulan según el punto anterior, para poder competir de nuevo deberán realizar su inscripción en el último campeonato de los que organice la FBCV. En el caso de existir renuncias, la plaza quedará vacante, aplicándose la normativa en vigor.
3.4.3Renuncia a una Fase
Cualquier equipo que participe en una Fase Final, Serie Final, Fase Final de Ascenso, o cualquier otra denominación que reciba la fase que, de acceso a una siguiente Fase de cualquier Campeonato, estará obligado a participar en la citada siguiente Fase.
El plazo para renunciar a participar en la referida Fase Final, Serie Final, Fase Final de Ascenso o cualquier otra denominación que reciba la Fase, se establece hasta las 18'00 horas del día hábil siguiente a la última jornada que figure como oficial en el calendario, que le diera derecho a acceder a la fase en cuestión, independientemente del tipo de competición que se juegue.
Caso de no participar posteriormente en las citadas fases, la no participación será considerada como una renuncia fuera de plazo, asimilándose y por lo tanto aplicándosele la normativa relativa a la renuncia fuera de plazo, debiendo realizar su inscripción en la última categoría de los campeonatos que organice la FBCV.
Retiradas y/o exclusiones
Aquellos equipos que, en la fecha de la publicación definitiva de claves, no hayan presentado debidamente cumplimentadas sus licencias, o no hayan cumplido con todos los requisitos exigidos en la normativa de su campeonato, podrán ser sancionados, incluso con la exclusión del campeonato, atendiendo a las circunstancias concurrentes.
Lo determinado en este apartado no exime de la obligatoriedad de comunicar en el tiempo y forma, la retirada de un equipo ya inscrito, y cuyo incumplimiento será corregido por los Órganos Disciplinarios competentes.
Distribución de equipos en grupos
Cuando al efectuar la distribución de los grupos con criterios geográficos, se tengan que situar en grupos diferentes, a equipos que se encuentren a una distancia igual o inferior a 15 kilómetros de alguna de las tres capitales de provincia (Valencia, Castellón y Alicante), no se realizará la distribución con criterios geográficos, sino que se aplicará el siguiente procedimiento que determine la adscripción a uno u otro grupo.
En cada distribución, determinados los equipos implicados, se consultarán en el listado de medias de kilómetros acumulados por cada entidad y se ordenarán los equipos situando primero al que menos kilómetros tenga de media en ese momento y así sucesivamente. En función de los kilómetros calculados de desplazamiento a uno u otro grupo de los que deben completarse con equipos del sorteo, se irán adjudicando de la mencionada lista ordenada.
Al final de cada distribución, se añadirán los kilómetros a realizar como consecuencia de la distribución actual, para tener en cuenta las medias de cada entidad en las siguientes distribuciones si fuera necesario.
Cada temporada se partirá de la media de kilómetros por entidad de temporadas anteriores.
De forma previa se habrá realizado un sorteo que ordenará los calendarios de cada sesión de distribución, quedando por lo tanto establecido de forma aleatoria.
En el resto de las localidades, cuando se tengan que situar en grupos diferentes a más de un equipo de la misma localidad, se realizará el mismo sorteo entre los equipos afectados, SIN aplicar el criterio de los 15 km. Es decir, tan solo con los equipos de la localidad en cuestión.
3.6.1Equilibrio de cabezas de serie
En los grupos de las siguientes Fases Junior:
- Junior Masculino Nivel Autonómico
- Júnior Femení Nivell Autonòmic
Tendrán la consideración de Cabezas de Serie (CdS)Equipos con prioridad en el sorteo para garantizar un reparto equilibrado entre los grupos de la competición., los equipos (4) que hayan disputado la Fase Final Autonómica en la temporada anterior, o en su caso los clasificados del 1º al 4º en el Campeonato Autonómico.
Con el objetivo de equilibrar el número de equipos CdS en cada uno de los grupos en la medida de lo posible, siempre que sea necesaria la aplicación del criterio de 15 km para la distribución de los equipos, se distribuirán previamente los CdS. En el caso de ser necesario para determinar qué CdS va a cada grupo, se aplicará el criterio de 15 km entre ellos.
Licencias
Normas generales de tramitación de licencias y regulación específica para jugadores, entrenadores, asistentes y delegados de campo.
Normes generals
4.1.1Limitación para la desvinculación de jugadores/as de equipos FAP's
Todos aquellos jugadores/as que hayan disputado la FAPFase de Ascenso de Pretemporada. en un equipo y éste haya obtenido la plaza correspondiente a la cual optaba, NO podrán tramitar la baja/desvinculación de su equipo hasta el primer lunes del mes de febrero.
Esta limitación incluye a los jugadores que participen en un equipo como refuerzo.
4.1.2Fecha límite para tramitación
En el curso de una temporada se autorizará a un jugador el cambio de equipo, cualquiera que sea su categoría y nivel de competición, hasta las 14:00 horas del último día hábil, entre lunes y viernes, del mes de febrero.
Superado este plazo se tramitarán hasta el fin de cada competición, solicitudes de licencias de:
- jugadors que procedisquen d'un equip de Categoria/Campionat de nivell inferior.
- jugadors que no hagen tramitat llicència en la present temporada.
- jugadors que, havent sigut donats de baixa en eixe equip, no hagen tramitat llicència en cap altre equip des de la tramitació de la baixa.
- entrenadors, assistents i DC.
En los Ctos 1ª División Masculina y 1ª División Femenina, la fecha límite para fichar jugadores/as, cualquiera que sea su categoría o procedencia, incluidos jugadores/as que no hayan tenido licencia en esta temporada, será hasta las 14.00 horas del 28 de febrero de 2.026.
4.1.3Plazo límite para tramitación
A efectos de presentación de solicitudes de licencias, el plazo terminará a las 14:00 del VIERNES anterior o el último día laborable a la fecha de celebración de la jornada en todos los Campeonatos. Este plazo es de aplicación a cualquier tipo de licencia.
4.1.4Licencias por persona
Cada persona física solamente podrá suscribir licencia de diferentes tipos y por diferentes equipos, siempre que pertenezcan al mismo club, exceptuando las salvedades que se establezcan en estas Normas.
4.1.5Uso obligatorio original del DNI
En el caso de producirse cualquier circunstancia irresoluble que impida el uso del Acta Digital en un encuentro, los Oficiales de Mesa designados utilizarán el acta en papel.
En este caso, al no disponer del Acta Digital será IMPRESCINDIBLE identificar todos los participantes en el encuentro mediante documento oficial original o APP oficiales miDNI/miDGT (DNI/NIE, Carnet de conducir). No serán válidas fotos ni fotocopias de los documentos.
4.1.6Procedimiento para desvinculación
Para tramitar la desvinculación de cualquier tipo de licencia, se deberá cumplimentar el trámite que se establezca evidenciando la voluntad de desvinculación tanto por el club como del jugador/a y/o técnico.
4.1.7Excepción en la misma categoría
En las siguientes competiciones:
- Sénior Masculino 1ª Zonal
- Sénior Masculino 2ª Zonal
siendo competiciones con una distribución de equipos en grupos, de forma que en ningún momento llegan a competir los equipos de un grupo con los de otro, se permitirá, aunque sean de la misma categoría, tramitar licencia por dos equipos de diferentes grupos en la misma competición, cumpliendo con el resto de las condiciones que las normas permitan.
Jugadors
4.2.1Mínimos y máximos
El número máximo de licencias en vigor de jugador, por parte de un equipo, es de DOCE en todos los campeonatos, siendo el número mínimo de OCHO.
Se permite la inscripción de hasta 14 jugadores/as por equipo en los siguientes campeonatos, excepto en Senior Masculino 2ª Zonal y Senior Femenino Preferente que será de hasta 15 jugadores:
- Sènior Masculí Preferent
- Sènior Masculí 1ª Zonal
- Senior Masculino 2ª Zonal (hasta 15 jugadores)
- Junior Masculino Nivel Preferente
- Junior Masculino Nivel 1ª Zonal
- Junior Masculino Cto. Preferente
- Junior Masculino Cto. 1ª Zonal
- Junior Masculino Cto. 2ª Zonal
- Senior Femenino Autonómico
- Senior Femenino Preferente (hasta 15 jugadoras)
- Junior Femenino Nivel Preferente
- Junior Femenino Nivel 1ª Zonal
- Junior Femenino Cto. Preferente
- Junior Femenino Cto. 1ª Zonal
En cada encuentro, tan solo se podrán alinear 12 jugadores/as.
El Día 8+1 (señalado en el calendario administrativo), todos los equipos deberán tener un número de licencias tramitadas dentro de los límites reseñados.
4.2.2Límite de altas
Todos los equipos, una vez alcanzado el número máximo de licencias de jugador, podrán dar TRES altas más para cubrir las respectivas bajas efectuadas, dentro de los plazos que se determinen para cada categoría.
En los CAMPEONATOS en los que se permite la inscripción de hasta 14 licencias, una vez alcanzadas las 14 licencias tramitadas, se podrá dar UN alta más para cubrir las respectivas bajas efectuadas
En ningún caso, se podrán inscribir en un equipo durante una temporada más de 15 jugadores/as.
4.2.3Tramitación de bajas
Sin perjuicio de mantener el mínimo de inscritos previsto, cada equipo podrá conceder las bajas que estime conveniente.
4.2.4Un jugador puede entrenar
Un jugador con licencia en vigor podrá suscribir licencia de Entrenador o Asistente en un equipo de otro Club, teniendo que cumplir lo establecido en la normativa al respecto para la tramitación de las mencionadas licencias. Será condición necesaria que las solicitudes de licencias sean para equipos de distintas categorías.
4.2.5Baja por lesión
No se contabilizará como nueva alta del jugador lesionado, dado previamente de baja, si:
- el jugador no tramita licencia con ningún otro equipo desde la baja hasta la posterior alta en el mismo equipo
- el club anuncia en el momento de la baja el motivo de la baja por lesión, indicándolo en la casilla correspondiente del impreso de desvinculación.
Un jugador y equipo solo podrán acogerse a esta norma en una ocasión por temporada y por equipo.
La tramitación de la nueva alta siempre estará sujeta a los plazos establecidos para su competición.
Entrenadors
4.3.1Mínimo entrenador por equipo
Todos los Clubes deberán contar obligatoriamente al menos con un entrenador para cada uno de los equipos que tengan en los diferentes campeonatos, debiendo diligenciar la referida licencia con anterioridad al día señalado en el calendario administrativo como Día 8+1.
4.3.2Requisito Nivel 3 o Técnico/a deportivo de Grado Superior
Excepcionalmente y por una única temporada (para el Entrenador), podrán tramitarse licencias de Entrenador, si previamente a la referida tramitación, el interesado ha realizado la inscripción para la realización del Curso de NIVEL 3 o Técnico/a deportivo de Grado Superior, debiendo abonar la cantidad de 300 € a cuenta de la inscripción, perdiendo el total depositado caso de no realizar el curso en la presente temporada, en el caso de que se haya efectuado el mencionado Curso.
4.3.3Requisito Nivel 2 o Técnico/a deportivo de Grado Medio
Excepcionalmente y por una única temporada (para el Entrenador), podrán tramitarse licencias de Entrenador, si previamente a la referida tramitación, el interesado ha realizado la inscripción para la realización del Curso de NIVEL 2 Técnico/a deportivo de Grado Medio, debiendo abonar la cantidad de 350 € a cuenta de la inscripción, perdiendo el total depositado caso de no realizar el curso en la presente temporada, en el caso de que se haya efectuado el mencionado Curso.
En el caso que la FBCV haya publicado y abierto inscripciones de toda la oferta de cursos de entrenador para la temporada, en lugar de formalizar el compromiso, tendrá que realizar la matrícula en alguno de los cursos convocados, pudiendo acogerse al pago fraccionado.
4.3.4Requisito Nivel 1 o Certificado de Ciclo Inicial de Grado Medio
Para los campeonatos donde sea exigida como mínimo Entrenador de NIVEL 1 o Certificado de Ciclo Inicial de Grado Medio, excepcionalmente y por una única temporada (para el Entrenador), podrán tramitarse licencias de Entrenador, si previamente a la referida tramitación, el interesado ha realizado la inscripción para la realización del Curso de NIVEL 1 o Certificado de Ciclo Inicial de Grado Medio, debiendo abonar la cantidad de 275 € a cuenta de la inscripción, perdiendo el total depositado caso de no realizar el curso en la presente temporada, en el caso de que se haya efectuado el mencionado Curso.
En el caso que la FBCV haya publicado y abierto inscripciones de toda la oferta de cursos de entrenador para la temporada, en lugar de formalizar el compromiso, tendrá que realizar la matrícula en alguno de los cursos convocados, pudiendo acogerse al pago fraccionado.
4.3.5Más de un entrenador por equipo
Un mismo equipo podrá contar con más de un entrenador.
4.3.6Límite en número de licencias
Un entrenador podrá suscribir licencia por un máximo de TRES equipos del mismo club o de clubes distintos. Será condición necesaria que las solicitudes de licencias sean para equipos de distintas categorías y niveles de competición. Se establece la limitación en el caso de tramitar las TRES licencias, que al menos una de ellas sea de los JECV, por lo tanto, tan solo DOS podrán ser de equipos en competiciones FBCV/FEB. En ningún caso podrán ser las TRES licencias de competiciones de los JECV_IR.
En el caso de disponer de licencia de otro tipo, tampoco podrán coincidir las categorías y niveles de competición.
4.3.7Solo entrenadores acreditados
Ninguna persona podrá desempeñar la dirección de un equipo sin que se encuentre debidamente acreditada por la FBCV para ello, quedando totalmente prohibido desempeñar esa labor con independencia del lugar donde pueda hallarse situada, tanto en el terreno de juego o fuera del mismo.
4.3.8Titulaciones expedidas fuera de España
Podrán entrenar las personas con titulaciones expedidas fuera de España, siempre que las mencionadas titulaciones tengan homologación o equiparación con las titulaciones expedidas en España según las normativas vigentes.
4.3.9Sustitución de entrenador por incidencia
4.3.9.1Supuesto y ámbito
Cuando ningún entrenador con licencia en vigor por un equipo pueda acudir al encuentro, el club podrá designar como sustituto a otro entrenador de la entidad.
El presente apartado es de aplicación en las competiciones organizadas por la FBCV en categoría Sénior y Júnior, así como en las competiciones de los JECV Iniciación al Rendimiento (JECV-IR).
4.3.9.2Sustituto
El sustituto deberá reunir las siguientes condiciones:
- Tener licencia de Entrenador en vigor por algún equipo del mismo club.
- No estar cumpliendo sanción disciplinaria.
La actuación como sustituto no consume licencia adicional a efectos del límite de licencias de un entrenador/a.
4.3.9.3Cupo del club
Cada club dispondrá de un (1) bono por temporada por cada equipo inscrito en competición Sénior, Júnior o JECV-IR. Los bonos constituyen una bolsa común del club y podrán consumirse en cualquiera de los equipos de las categorías citadas.
Ningún equipo podrá consumir más del 10% de la bolsa de bonos total del club, redondeado al entero superior.
El bono no es acumulable entre temporadas.
4.3.9.4Encuentros excluidos
No podrá activarse el bono en Copas, Eliminatorias, Finales, Fases finales ni otras fases similares de la competición, aunque tengan otra denominación.
4.3.9.5Reglas durante el encuentro
El sustituto firmará el acta en la casilla del entrenador y ejercerá sus funciones en exclusiva durante todo el encuentro. Ningún otro técnico del equipo podrá ocupar el banquillo en ese encuentro, así como no podrá activarse más de un bono por encuentro.
4.3.9.6Procedimiento
La activación del bono se ajustará al siguiente procedimiento:
- Antes del encuentro: el sustituto se presentará al equipo arbitral en el encuentro mediante documento oficial original o APP oficiales miDNI/miDGT (DNI/NIE, Carnet de conducir). No serán válidas fotos ni fotocopias de los documentos.
- Durante el encuentro: el árbitro principal hace constar en el acta el nombre, DNI del sustituto, así como la condición de actuación al amparo del presente apartado.
- La FBCV verificará la documentación y descontará el bono del cupo del club.
4.3.9.7Efectos del uso correcto e incumplimientos
El uso del bono conforme al presente apartado cumple la obligación de contar obligatoriamente al menos con un entrenador.
El incumplimiento de cualquiera de las condiciones del presente apartado conllevará la no aceptación del uso del bono y en consecuencia la aplicación de las responsabilidades disciplinarias que correspondan conforme al Reglamento Disciplinario.
Asistentes
4.4.1Requisitos Asistente
Podrán ser asistentes, toda aquella persona que lo solicite, y suscriba la correspondiente licencia. Para las competiciones organizadas por la FBCV, se exigirá un mínimo de edad de 14 años para tramitar este tipo de licencia.
4.4.2Número de asistentes
Todos los clubes podrán contar con tantas licencias de asistente como deseen.
4.4.3Limitaciones
Nunca se podrá tener licencia de asistente en dos equipos de la misma categoría de distintos Clubes. Nunca se podrá tener licencia de asistente y entrenador en dos equipos de la misma categoría y nivel de competición de distintos Clubes. En el caso de disponer de licencia de otro tipo, tampoco podrán coincidir la categoría y nivel de competición.
4.4.4Incompatibilidad
La condición de asistente es radicalmente incompatible con la de Entrenador en un mismo equipo y partido.
4.4.5Límite en número de licencias
El número de licencias de asistente y entrenador por persona nunca podrá superar el número máximo de licencias establecido para los entrenadores.
Delegados de campo
4.5.1Obligatoriedad
Todos los clubes deberán contar obligatoriamente para todos sus encuentros como local, con un Delegado de Campo con su correspondiente licencia, siendo obligatoria la presentación de la referida licencia, así como la presencia física del Delegado. Para las competiciones organizadas por la FBCV, se exigirá haber cumplido 18 años en el momento de solicitar la licencia.
4.5.2Incompatibilidad
La condición de Delegado de Campo, es INCOMPATIBLE con cualquier otro tipo de licencia, dentro del mismo encuentro.
4.5.3Todos los equipos del Club
El Delegado de Campo de un equipo, podrá ejercer sus funciones en cualquiera de los equipos Sénior y Junior de su club.
4.5.4Funciones
Serán obligaciones del Delegado de Campo, además de la coordinación del orden en el terreno de juego, y darse a conocer al equipo visitante y facilitarle el vestuario a utilizar, presentarse al equipo arbitral y en su caso al Delegado Federativo antes de dar comienzo el encuentro, (siempre que estos se identifiquen) para acompañarles desde la entrada del terreno de juego antes del comienzo, durante el descanso y al final del encuentro, o en cualquier otra circunstancia en que resulte oportuno, cumpliendo las instrucciones que reciba del equipo arbitral o del Delegado Federativo.
4.5.5Limitación de la licencia FEB
Aquellos clubes que quieran que el delegado de campo de uno de sus equipos de competiciones FEB ejerza las funciones en competiciones FBCV, deberá solicitar la tramitación de la licencia en alguno de los equipos inscritos en la FBCV, no teniendo que abonar ni la tramitación de licencia ni el seguro médico, al tener este último ya tramitado con la licencia FEB. Por lo tanto, no está permitida la utilización de la licencia FEB en las competiciones FBCV.
4.5.6Ubicación
El Delegado de Campo se situará en el perímetro de la pista (pie de pista).
Alineación de jugadores
Reglas de inscripción de jugadores en el acta para encuentros de equipos Sénior y Junior, incluyendo refuerzos entre categorías del mismo club.
Inscripción de jugadores en el acta en encuentros de equipos Senior
En categoría Sénior tanto masculina como femenina, además de los/as jugadores/as con licencia por el equipo que dispute el encuentro en cuestión, se podrán inscribir en el acta, hasta completar un máximo de doce:
- Jugadores vinculados de edad Sub-22.
- Jugadores de equipos Sénior del mismo club de inferior categoría.
- Jugadores de equipos Junior del mismo club.
Cuando un club disponga de más de un equipo Sénior en la misma categoría, mientras se dispute una fase de la competición donde todos los equipos jueguen juntos, independientemente de la distribución en grupos, un jugador/a junior, solo podrá reforzar a uno de los equipos Sénior, mientras que los jugadores/as de los equipos Sénior no podrán reforzarse entre sí.
Si en el transcurso de la temporada, la competición Sénior se dividiera en varias fases, entendiéndose que cada una de estas nuevas fases es un distinto nivel de competición, se permitiría el refuerzo del jugador/a junior indistintamente en cualquiera de los equipos Sénior del club, así como el jugador/a del equipo Sénior de inferior nivel podría reforzar al equipo Sénior de superior nivel.
En ningún caso podrá alinearse un jugador/a con licencia en categoría Juvenil de los Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana.
Inscripción de jugadores en el acta en encuentros de equipos Junior
En categoría Junior tanto masculina como femenina, además de los/as jugadores/as con licencia por el equipo que dispute el encuentro en cuestión, se podrán inscribir en el acta, hasta completar un máximo de doce:
- Jugadores de equipos Junior del mismo club de inferior categoría.
- Jugadores de equipos Cadete del mismo club.
Los jugadores/as cadetes del mismo Club en el momento que sean alineados en un partido de un equipo Junior, generarán la obligación de pago para su Club del Seguro de Accidentes Deportivos que corresponda, así como costes que pudieran corresponder por las gestiones.
Cuando un club disponga de más de un equipo junior en la misma categoría, mientras se dispute una fase de la competición donde todos los equipos jueguen juntos independientemente de la distribución en grupos, un jugador/a cadete, solo podrá reforzar a uno de los equipos junior, mientras que los jugadores/as de los equipos junior no podrán reforzarse entre sí.
Si en el transcurso de la temporada, la competición Junior se dividiera en varias fases, entendiéndose que cada una de estas nuevas fases es un distinto nivel de competición, se permitiría el refuerzo del jugador/a cadete indistintamente en cualquiera de los equipos junior del club, así como el jugador/a del equipo junior de inferior nivel podría reforzar al equipo junior de superior nivel.
En ningún caso podrá alinearse un jugador/a con licencia en categoría Juvenil de los Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana.
En terreno de juego y banco de equipo
Solamente podrán permanecer en el terreno de juego y sentarse en el banco de cada equipo los jugadores que figuren en el acta de juego hasta un máximo de otras SIETE personas, siempre que cuenten con la licencia federativa correspondiente (entrenadores, asistentes y/o jugador alineable no inscrito en acta). En el caso de jugadores alineables no inscritos en el acta, estos no podrán vestir ninguna equipación deportiva del Club. El árbitro principal ordenará que se retire del banco o lugar cercano al mismo cualquier persona que no cumpla las anteriores condiciones.
Participación en las Copas Autonómicas/Preferente
En las Copas Autonómicas/Preferente únicamente podrán ser alineados los jugadores/as que hayan sido dados de alta con licencia por el equipo con anterioridad a la finalización de la primera vuelta de la Fase Regular de la competición.
Arbitrajes
Designación de árbitros y oficiales de mesa, condiciones generales, campo neutral, exclusividad y solicitudes para amistosos.
Designaciones
Los encuentros serán dirigidos por los árbitros y oficiales de mesa de la FBCV, según se determine para cada campeonato.
| Competición | Árbitros | Of de mesa |
|---|---|---|
| Campeonato España 1ª División Masculina | 2 | 4 |
| Sénior Masculino Autonómico | 2 | 3 |
| Copa Senior Autonómico | 2 | 4 |
| Sénior Masculino Preferente | 2 | 2 |
| Copa Senior Preferente | 2 | 4 |
| Sénior Masculino Primera Zonal | 2 | 2 |
| Sénior Masculino Segunda Zonal | 2 | 2 |
| Junior Masculino Nivel Autonómico | 2 | 3 |
| Junior Masculino Campeonato Autonómico | 2 | 4 |
| Junior Masculino Nivel Preferente | 2 | 2 |
| Junior Masculino Cto Preferente | 2 | 3 |
| Copa Junior Preferente | 2 | 4 |
| Junior Masculino Nivel Primera Zonal | 2 | 2 |
| Junior Masculino Campeonato Primera Zonal | 2 | 2 |
| Junior Masculino Campeonato Segunda Zonal | 2 | 2 |
| Sénior 1ª División Femenina | 2 | 4 |
| Sénior Femenino Autonómico | 2 | 3 |
| Copa Senior Femenino Autonómico | 2 | 4 |
| Sénior Femenino Preferente | 2 | 2 |
| Júnior Femení Nivell Autonòmic | 2 | 3 |
| Junior Femenino Nivel Preferente | 2 | 2 |
| Junior Femenino Nivel 1ª Zonal | 2 | 2 |
| Copa Junior Femenino | 2 | 4 |
| Junior Femenino Cto Autonómico | 2 | 4 |
| Junior Femenino Cto Preferente | 2 | 2 |
| Junior Femenino Cto 1ª Zonal | 2 | 2 |
Solicitud tercer oficial de mesa
En el caso de disponer la instalación de un marcador electrónico y dispositivos electrónicos de 24 segundos, un equipo PODRÁ SOLICITAR, mediante escrito dirigido a la FBCV, que sea designado un tercer oficial de mesa para la utilización de los dispositivos electrónicos de 24 segundos.
La solicitud será válida desde la siguiente jornada que el equipo actúe como local, a partir de la aceptación de la solicitud, y hasta el final de temporada, no pudiendo renunciar durante el transcurso de la temporada.
Responsable del abono
El responsable del abono del importe del Canon Arbitral será el equipo que actúe como local, excepto en el caso de que esté determinado de manera diferente en las Normas correspondientes.
Campo neutral
En caso de que el encuentro se celebre en campo neutral, la FBCV establecerá el sistema de pago; caso contrario, el importe total será abonado al cincuenta por ciento entre los equipos contendientes.
Exclusividad
Todos los encuentros, sean de carácter oficial o amistoso, que se disputen dentro del ámbito de la FBCV, deberán ser dirigidos por árbitros y oficiales de mesa designados por la FBCV.
Limitación de funciones
Tan solo podrán ejercer las funciones de Oficial de Mesa, aquellas personas que hayan sido designadas por la FBCV. En ningún caso, personas ajenas a la designación podrán ejercer dichas funciones incluido el manejo de los dispositivos electrónicos.
Solicitudes para amistosos
Las solicitudes de designación para partidos y/o torneos de carácter amistoso, deberán realizarse siempre previa solicitud a la misma con CINCO días de antelación.
La FBCV podrá aplicar un 10% adicional sobre el coste presupuestado si no se cumplen los plazos de solicitud.
Delegados Federativos
Solicitud por el club, propia designación, presentación en el encuentro, funciones, limitaciones y posibles sustituciones.
Solicitud por el Club
Cualquier club podrá solicitar Delegado Federativo, por lo que deberá hacerlo por escrito con DIEZ días hábiles de antelación, como mínimo, a la celebración del encuentro, depositando en la FBCV la cantidad que queda fijada para la presente temporada en 150 €, siendo de su cuenta los gastos que ello origine. Se podrán admitir plazos distintos en aquellos casos que la FBCV considere pertinentes.
Propia designación
La FBCV, cuando lo considere conveniente, podrá nombrar Delegado Federativo por su propia iniciativa, siendo por cuenta de la misma los gastos que se originen.
Presentación en el encuentro
El Delegado Federativo se personará en el recinto deportivo donde se celebre el partido con media hora de antelación a la fijada como oficial para el inicio del encuentro, acreditándose ante el equipo arbitral y los delegados o entrenadores de los equipos. Deberá permanecer en el recinto deportivo durante la totalidad del encuentro y, en caso de necesidad, con posterioridad al mismo. Durante el encuentro, ocupará un lugar que no será la mesa de anotadores.
Funciones
Serán funciones del Delegado Federativo:
- Exigir el cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Reglamento General y Normas de Competición correspondientes.
- Realizar obligatoriamente un informe sobre las incidencias registradas antes, durante y con posterioridad al encuentro. El informe deberá tener entrada en la FBCV antes de las 48 horas hábiles siguientes a la celebración del encuentro, para su traslado a la Comisión Ejecutiva o al Comité de Competición.
Limitaciones
En ningún caso podrá el Delegado Federativo interferir las funciones de los árbitros y oficiales de mesa, en relación con la administración de las Reglas de Juego.
Sustitución
Podrá determinar la celebración del encuentro, en caso de incomparecencia parcial o total del equipo arbitral, pudiendo sustituir o no a los incomparecientes por persona/s que se encuentren presentes en el terreno de juego.
Terrenos de juego
Condiciones generales que deben cumplir los terrenos de juego, obligación de campo cerrado y cubierto, garantías de celebración y subsanación de incidencias.
Condiciones generales
Cada equipo deberá contar con un terreno de juego oficial, que comunicará a la FBCV al cumplimentar su inscripción.
El terreno de juego deberá cumplir con todas las normativas técnicas en vigor, y además caso de ser necesario será homologado por el Comité Técnico de la FBCV.
Los terrenos de juego deberán contar con los elementos técnicos necesarios: mesa de anotaciones, sillas o bancos para cada uno de los dos equipos, banderas de cuatro faltas, tablillas de personales, cronómetro y flecha de alternancia.
El club que actúe como equipo local deberá poner a disposición del equipo arbitral, veinte minutos antes del comienzo del encuentro, al menos SIETE balones que deberán estar en similares condiciones y además, cumplir con lo exigido al respecto en las Reglas de Juego, de los cuales TRES tendrán que facilitarse al equipo visitante.
Obligación de campo cerrado y cubierto
Se establece la obligación de disponer de un campo cerrado y cubierto, así como de contar con un marcador electrónico y dispositivos electrónicos de 24 segundos en:
-
Sénior Masculino
- Campeonato España 1ª División Masculina
- Autonòmic
-
Júnior Masculí
- Nivel Autonómico
- Campeonato Autonómico
- Nivel Preferente
- Campeonato Preferente
-
Sénior Femenino
- 1DF
- Autonòmic
-
Júnior Femení
- Nivel Autonómico
- Campeonato Autonómico
- Campeonato Preferente (*)
(*) En estas Fases no será obligatorio disponer de los dispositivos electrónicos de 24 segundos, al solo ser designados DOS Oficiales de Mesa. Solo en el caso de haberse solicitado la designación del TERCER Oficial de Mesa, se podrá utilizar el mencionado dispositivo.
Además, serán de aplicación las medidas del terreno de juego según la reglamentación FIBA con distancia de dos metros de protección en las siguientes competiciones:
- Cto. de España 1ª División Masculina
- Senior Masculino Autonómico – Fase Ascenso
- Sènior Femení 1a Divisió
- Senior Femenino Autonómico - Eliminatorias
- Junior Masculino Nivel Autonómico y Campeonato Autonómico
- Junior Femenino Nivel Autonómico y Campeonato Autonómico
Sin obligación, pero con garantías de jugarse
En las categorías donde no se establezca la obligatoriedad de campo cubierto y cerrado, el club del equipo local deberá garantizar la celebración del encuentro, evitando las inclemencias meteorológicas, en las siguientes situaciones:
- Cuando un encuentro deba reanudarse, repetirse o incluso aplazar su inicio sobre la fecha prevista
- En los encuentros de las últimas jornadas de grupos, cuya clasificación conlleve la disputa de una siguiente Fase, Eliminatorias y/o Copa Preferente. Se incluirán también partidos que hubieran sido aplazados de jornadas anteriores y se diputen en fechas correspondientes a la última jornada.
La FBCV se reserva la posibilidad de eximir, en los casos que considere, de los requisitos para realizar una modificación del terreno de juego siempre que la modificación esté motivada por el cumplimiento de las garantías requeridas en este punto.
8.3.1Procedimiento para garantizar
El equipo local deberá disponer de un campo cubierto, donde tendrá que celebrarse obligatoriamente el encuentro, disponiendo para ello, hasta las horas fijadas a continuación para el inicio del mismo:
- 22:00 horas si el encuentro se celebra Sábado por la tarde
- 14:30 horas si el encuentro se celebra Domingo por la mañana
- 20:30 horas si el encuentro se celebra Domingo por la tarde
- 90 minutos después de la hora prevista para el inicio del encuentro si el encuentro se celebra entre semana
Siempre se exceptuará de los criterios anteriores, el caso de que ambos equipos, de común acuerdo firmen, manifestando por escrito en el mismo momento, la nueva fecha y hora de celebración del encuentro, con excepción de los encuentros que estén en el supuesto explicado como últimas jornadas de grupos.
La FBCV aceptará la fecha y hora acordada siempre y cuando se garantice el cumplimiento de la normativa en vigor sobre modificaciones de calendario. Esta aceptación no eximirá de otras responsabilidades determinadas por los órganos disciplinarios.
Subsanar incidencia
En el caso de no estar la instalación disponible a la hora fijada para la disputa del encuentro, bien por estar ocupada o por producirse algún problema con la propia instalación y/o materiales de la misma, el equipo local dispondrá de un máximo de 30 minutos, para tener la instalación en condiciones de iniciar el encuentro. Esta norma siempre estará sujeta a la disponibilidad del equipo arbitral, el cual deberá esperar el tiempo determinado, siempre que la espera que provoque la norma no provoque el retraso para poder cumplir con la designación de un partido a continuación.
Siempre se exceptuará de los criterios anteriores, el caso de que ambos equipos, de común acuerdo firmen, manifestando por escrito en el mismo momento, la nueva fecha y hora de celebración del encuentro.
La FBCV aceptará la fecha y hora acordada siempre y cuando se garantice el cumplimiento de la normativa en vigor sobre modificaciones de calendario. Esta aceptación no eximirá de otras responsabilidades determinadas por los órganos disciplinarios.
Fechas y horarios de los encuentros
Las fechas de celebración de los encuentros serán las señaladas en la información que será publicada en los Calendarios de Competición. A efectos administrativos se considera el domingo como fecha oficial de los encuentros.
Es obligatorio para los clubes la programación de los encuentros en la misma cancha de juego, con un mínimo de dos horas de diferencia.
Con el fin de alcanzar una mayor eficiencia en la designación de los equipos arbitrales, lo cual redunda entre otras cosas en evitar el aumento de los costes por desplazamiento que cada temporada se revisan y se repercuten si es necesario en el canon de cada categoría, se RECOMIENDA en la banda horaria de Domingo/Mañana el establecimiento del horario de juego de los partidos a las 9h, 11h, y 13 horas programándose los partidos de forma consecutiva. En todo caso, se podrían también programar a las 10 y 12h de forma consecutiva si solo se disputaran dos encuentros en la franja horaria.
La FBCV se reserva la posibilidad de exigencia de estos horarios si existieran circunstancias que forzaran a que el cumplimiento de estos horarios fuera la única forma de hacer viable la designación del equipo arbitral de la categoría.
Banda horaria
El club local podrá señalar el horario del inicio de los encuentros, dentro de la Banda Horaria Ampliada, fuera de la cual, para poder disputar un encuentro, deberá disponer de la conformidad del equipo contrario.
| Franja | Horario |
|---|---|
| Sábado Tarde | 16'00 a 20'30 |
| Domingo Mañana | 09'00 a 13'00 |
| Domingo Tarde | 16'00 a 20'00 |
Cambio de hora por distancia
Cuando un encuentro tenga una hora prevista de juego fuera de la Banda Horaria Reducida y la distancia kilométrica entre los dos equipos contendientes en un encuentro sea de 65 o más Km., y con el fin de permitir el cómodo desplazamiento y el regreso de los equipos, el conjunto visitante podrá solicitar al equipo local la modificación de la hora de dicho partido, teniéndose que disputar dentro de la Banda Horaria Reducida.
| Franja | Horario |
|---|---|
| Sábado Tarde | 17'00 a 20'00 |
| Domingo Mañana | 10'30 a 12'00 |
| Domingo Tarde | 17'00 a 18'30 |
- El equipo visitante deberá realizar la solicitud al menos 30 días antes de la fecha y hora prevista para la disputa del encuentro.
- El equipo local dispone de plazo para realizar la modificación de hora hasta 15 días antes de la fecha y hora prevista para la disputa del encuentro.
En caso de no realizarse la modificación por parte del equipo local, la FBCV determinará como hora de juego la más cercana a la hora inicial, pero Banda Horaria Reducida. Con posterioridad los equipos podrán modificar el horario según la norma de modificación establecida.
En caso de aprobarse a menos de 30 días de la disputa de un encuentro un cambio de hora que no precise conformidad del equipo contrario, el equipo visitante podrá solicitar en un plazo de 72 horas desde la comunicación del cambio, la modificación de hora para adecuarla a la Banda Horaria Reducida.
9.2.1Para las primeras jornadas de un calendario
Para las primeras jornadas de un calendario, donde no sea posible la aplicación de los plazos anteriores (30 días), el equipo visitante dispondrá hasta antes del último día hábil anterior a la disputa de la primera jornada de competición, para solicitar la aplicación de la presente norma para el cambio de hora.
9.2.2Cuando se realice una modificación de calendario de Resto de Temporada
Cuando se realice una modificación de calendario de Resto de Temporada, que conlleve la modificación de hora quedando esta fuera de la Banda Horaria Reducida, siempre que no sea posible la aplicación de los plazos anteriores (30 días), el equipo visitante dispondrá de DOS días hábiles para solicitar la aplicación de la presente norma para el cambio de hora. El plazo de DOS días contará a partir de la comunicación de la modificación del calendario.
Encuentros en días laborables
Los encuentros que tengan que disputarse en días laborables fuera de la fecha establecida para la jornada, tendrán la banda horaria delimitada desde las 17'00 horas a las 21'00 horas. En el caso de ser festivo el día de la disputa del encuentro será de aplicación la banda horaria determinada para los domingos.
Dietas fuera de la banda horaria
Si la hora oficial de comienzo del encuentro figura dentro de la banda horaria establecida en las presentes Normas para su competición, no se aplicará ningún tipo de dieta.
Corresponderá aplicar dietas en los siguientes casos:
- Cuando el encuentro esté programado fuera de la Banda Horaria Ampliada, independientemente de la competición que dispute
- Cuando estando programado dentro de la Banda Horaria Ampliada, el encuentro comience con un retraso de 15 minutos sobre los límites establecidos
En estos casos, el canon fijo por arbitraje se verá incrementado con la compensación arbitral establecida en el apartado correspondiente de las presentes Normas, por cada uno de los componentes del equipo arbitral, siempre que las causas del retraso no sean imputables a cualquiera de ellos.
Se exceptúan los partidos suspendidos momentáneamente, tanto si se han iniciado como si no, y que, estando programados con anterioridad a la hora establecida en la banda horaria, se reanudan con posterioridad al límite de la banda horaria.
Si la hora de comienzo del encuentro figura fuera de la banda horaria establecida, corresponderá asimismo el incremento citado de la compensación arbitral por cada uno de los componentes del equipo arbitral.
Cuando un encuentro se retrase por culpa de otro de baloncesto que se haya celebrado en la misma instalación, y que su inicio haya sido programado con DOS horas de antelación a aquel, no procederá el pago de la compensación antes citada siempre que el primer encuentro haya comenzado a la hora fijada en el Calendario de Competiciones.
Establecimiento de fecha/hora si no existe acuerdo de los clubes
Cuando esté pendiente el establecimiento de fecha y hora para la reanudación o disputa de un encuentro, la FBCV establecerá la nueva fecha y hora aplicando los siguientes criterios:
- El encuentro se celebrará el miércoles o jueves de la semana siguiente a la fecha en la que tuvo que disputarse el encuentro. En caso de considerarlo necesario por parte de la FBCV, podría establecerse como fecha para la disputa, una semana posterior.
-
El horario de inicio será
- Sénior: 20'30 horas
- Junior: 20'00 horas.
El equipo local dispone de 48 horas desde el establecimiento de la nueva fecha y hora de celebración, para solicitar cambiar la fecha de disputa de miércoles a jueves, o viceversa, siempre en la misma semana y sin precisar la conformidad del contrario.
Posteriormente a la comunicación de la FBCV con el establecimiento de la fecha y hora que corresponda, las Entidades podrán realizar modificaciones de la fecha, hora y campo de juego según la normativa establecida al respecto, sin coste alguno.
De forma extraordinaria, la FBCV se reserva la modificación de la aplicación del presente punto, siempre que entienda que concurren circunstancias especiales para ello.
Programa Tecnificación FBCV
Dada la obligatoriedad de asistencia a la actividad cuando un jugador/a y/o técnico así como el técnico que tenga licencia como jugador haya sido convocado para una actividad dentro del Programa de Tecnificación de la FBCV (el cual incluye las convocatorias de las selecciones autonómicas), y dado que puede existir coincidencia de esta actividad con un encuentro en el que el jugador/técnico tiene licencia, cuando se realice la convocatoria y exista la mencionada coincidencia, se establecerá un plazo de TRES días hábiles para la comunicación del acuerdo de los dos clubes implicados para establecer una nueva fecha y hora para la disputa del encuentro.
Finalizado el plazo sin haber comunicado a la FBCV acuerdo alguno, el encuentro se celebrará según lo dispuesto en la norma 9.5.
En caso de considerarlo necesario por parte de la FBCV, podría establecerse como fecha para la disputa, un miércoles posterior.
Posteriormente a la comunicación de la FBCV con el establecimiento de la fecha y hora, los Clubes podrán realizar modificaciones de la fecha, hora y campo de juego según la normativa establecida al respecto.
De forma extraordinaria, la FBCV se reserva la modificación de la aplicación del mencionado criterio, siempre que entienda que concurren circunstancias especiales para ello.
La FBCV se reserva también la aplicación de esta norma en caso de que el retorno de los Campeonatos coincida con la disputa de una jornada cercana de competición, exceptuándose el caso que los clubes hayan acordado una fecha y hora de disputa del encuentro.
Cuando un jugador haya reforzado al menos en el 50% de los partidos en un equipo del Club de categoría superior, se podrá aplicar lo establecido en este punto para el equipo donde el jugador realiza el refuerzo.
Aquellos jugadores/as y técnicos que hayan provocado por tanto una modificación del encuentro previsto con su equipo, tendrán que estar obligatoriamente inscritos en el acta del encuentro el día y hora en el que se celebre definitivamente el encuentro.
Obligación de refuerzo
Cuando por problemas de salud o lesiones, un equipo NO disponga de jugadores/as suficientes (5) en su plantilla para la disputa de un encuentro, DEBERÁ completar el número mínimo exigido (5), alineando jugadores/as de equipos de su entidad que puedan reforzar en el equipo en cuestión según la normativa vigente.
En la categoría Junior se dispondrá de los jugadores cadetes de su entidad independientemente de los trámites que se pudieran solicitar para el mencionado refuerzo.
Tan solo podrán solicitar la suspensión de un encuentro, con la presentación de certificados médicos de los jugadores no disponibles por problemas de salud o lesión, cuando no existan equipos que puedan aportar jugadores/as para el refuerzo.
Modificación del terreno de juego, fecha y horario
Condiciones generales y procedimiento para solicitar modificaciones, plazos y tarifas, límite de aplazamiento y exenciones de tasas.
Condiciones generales
Cualquier modificación en el terreno de juego, fecha y horario de los encuentros, respecto a lo indicado en la inscripción, deberá solicitarse siguiendo los pasos que a tal efecto se establezcan a través de www.fbcv.es. Las solicitudes de modificación se considerarán aprobadas cuando la FBCV así lo confirme, y por lo tanto, antes de esta confirmación, no se podrá considerar ninguna solicitud como aceptada, cumpla o no con todos los requisitos para ello.
Los cambios dentro de la misma jornada de sábado a domingo o viceversa no serán considerados como cambio de fecha, sino cambio de hora. Cuando una petición incluya más de un concepto, sólo se abonará un importe (el de mayor cuantía), al igual que si se tratase de una modificación por uno solo de ellos.
Para las Eliminatorias de ida y vuelta en un mismo fin de semana, el equipo local podrá solicitar un horario de disputa diferente al habitual siempre que se solicite con antelación a la publicación de las Eliminatorias.
Plazos y tarifas
Los plazos establecidos y las tarifas a aplicar serán las siguientes:
| Plazo de solicitud | Modificación | Conformidad | Cuota |
|---|---|---|---|
|
Más de 21 Días antes de la fecha de la jornada Si el plazo supera los 30 días, la modificación no tendrá coste. |
De Fecha | NECESARIA | 24 € |
| De Horario | NO | ||
| De Campo | NO | 12 € | |
| Más de 15 Días antes de la fecha de la jornada | De Fecha | NECESARIA | 44 € |
| De Horario | NO | ||
| De Campo | NO | 12 € | |
| Más de 9 Días antes de la fecha de la jornada | De Fecha | NECESARIA | 64 € |
| De Horario | NECESARIA | ||
| De Campo | NO | 12 € | |
| Menos de 9 Días antes de la fecha de la jornada | De Fecha | NECESARIA | 120 € |
| De Horario | NECESARIA | ||
| De Campo | NECESARIA | 12 € |
En las solicitudes de modificación de campo, además de cumplir las condiciones señaladas, la FBCV se reserva la posibilidad de denegar una solicitud de resto de temporada, siempre que entienda que altera la composición geográfica inicial del grupo. Si el cambio es para una jornada, la FBCV se reserva la posibilidad de exigir la conformidad del equipo contrario si se entiende que la diferencia de desplazamiento lo requiere.
Limite de aplazamiento
Así mismo, cuando dos clubes soliciten el cambio de fecha de un encuentro, este deberá adelantarse a la fecha señalada como oficial en el Calendario de Competiciones, pudiéndose retrasar la fecha de celebración, pero nunca podrá superar la fecha prevista para la siguiente jornada del Calendario de Competiciones. La FBCV podrá permitir un retraso superior al señalado, en el caso de que se entienda que concurren circunstancias que así lo justifiquen.
En ningún caso se podrá aplazar un encuentro más allá de la fecha establecida para la última jornada del calendario.
Modificaciones equipación y nombre de equipo
Las entidades que quieran modificar la denominación de alguno de sus equipos deberán seguir el procedimiento que se indique. El nombre de los equipos será revisado por la FBCV para no incumplir ninguna norma de denominación y, además por evitar confusiones en la identificación, siendo modificado por la FBCV en el caso de considerarlo necesario.
Una entidad podrá solicitar la modificación de las equipaciones titular y/o reserva. Si solicita la aplicación del cambio con menos de SIETE días de antelación, en el caso de tener que disputar encuentros en ese intervalo de tiempo, será necesaria la conformidad de los equipos contrarios.
Ninguna de estas modificaciones conllevará coste alguno.
Exención de tasas
10.5.1Justificantes del propietario de la instalación
Los justificantes de cualquier entidad, propietaria o no del terreno de juego, para que sean válidos con el fin de no abonar ninguna tasa para efectuar un cambio, deberán tener entrada en esta FBCV, junto con la solicitud de la modificación, de lo contrario se abonarán las tasas correspondientes.
10.5.2Coincidencia con fiestas oficiales
Siempre que el motivo de una solicitud de modificación sea la coincidencia con alguna de las fiestas oficiales, locales, provinciales, autonómicas o nacionales, y solo sobre la jornada más cercana a la fiesta, no tendrá ningún coste si se presenta con 21 días de antelación a la fecha determinada para la jornada en cuestión, teniendo que aportar la conformidad del equipo contrario en el caso de ser necesaria. La oficialidad de las fiestas vendrá determinada por lo señalado por los organismos oficiales al respecto.
10.5.3Tras publicación de calendarios
Tras la publicación de calendarios y con el fin de solucionar los ajustes necesarios por la imposibilidad de atender en su totalidad las peticiones de coincidencia y no coincidencia, las modificaciones que se soliciten antes del último día hábil anterior a la disputa de la primera jornada de competición no conllevarán coste alguno.
El resto de las condiciones para la aceptación de la solicitud se mantienen de la misma forma, exceptuando el cambio de terreno de juego para la primera jornada, el cual no requerirá la conformidad del equipo contrario.
Además, se establecerá un breve plazo tras la publicación de los calendarios en el cual no será necesaria la conformidad del equipo contrario para la primera jornada, para las modificaciones de hora, recordando que los cambios dentro de la misma jornada de sábado a domingo o viceversa no serán considerados como cambio de fecha, sino cambio de hora.
También se establecerá el mismo criterio tras la publicación de cada ronda de eliminatorias.
10.5.4Trasladar a un día entre semana
Cuando los partidos de la jornada se adelanten o se atrasen a un día entre semana en lugar de celebrarse sábado o domingo, la realización del cambio tendrá coste cero. El encuentro deberá disputarse en la misma semana de la jornada correspondiente o en la posterior. Siempre será necesaria la conformidad del equipo contrario.
Esta exención no será de aplicación cuando la solicitud de modificación se realice con menos de 9 días antes de la fecha de la jornada.
10.5.5No exento
Todo equipo que esté participando en una Competición Oficial organizada por la FBCV, y que, disponiendo de la correspondiente autorización, se inscriba o participe en cualquier torneo organizado por la propia FBCV o cualquier otro organismo, deberá respetar la competición oficial, NO SIENDO CAUSA DE FUERZA MAYOR NI EXIMENTE, el participar en la otra. Por ello deberá adecuar los horarios y días de juego de la otra competición, abonando incluso los cánones correspondientes por cambios y demás normas.
Indemnizaciones
Régimen de indemnización a clubes por la no celebración de un encuentro en la fecha fijada.
Las tarifas de indemnización a clubes por la no celebración de un encuentro en la fecha fijada son de carácter administrativo, siendo la propia Federación o en su caso los Órganos Disciplinarios los que fijen a quién corresponde el pago de las mismas, previa solicitud por escrito de la parte interesada. El importe de dichas indemnizaciones se determinará anualmente en el apartado correspondiente de las presentes Normas.
El pago de dichas indemnizaciones corresponderá al equipo local, equipo visitante, o FBCV cuando según determinación de los Órganos Disciplinarios sean responsables de la no disputa de un encuentro, siendo siempre los referidos Órganos Disciplinarios, los que determine si procede o no el abono de la indemnización.
El responsable, según determine la resolución de los Órganos Disciplinarios, deberá abonar además los gastos o sanciones que se indiquen en la misma, siendo responsabilidad de la FBCV encargarse del cobro haciéndola llegar a la parte interesada.
Inscripciones
Inscripción de club, inscripción de equipos e inscripción de licencias a través de www.fbcv.es.
Inscripción de club
Todo club que desee inscribir equipos en alguna de las competiciones organizadas por la FBCV, o en su caso por la FEB, deberá realizar la inscripción como club, siguiendo los pasos que a tal efecto se establezcan a través de www.fbcv.es.
Cuando la inscripción se realice por primera vez, se deberá presentar en la FBCV copia de los Estatutos del Club o documento que acredite que se encuentran en trámite de aprobación.
Para formalizar la inscripción, deberá abonar la cantidad establecida para esta temporada en estas normas de competición.
Será requisito indispensable, poner a disposición de la FBCV, una dirección de correo electrónico, en el cual recibir todas las comunicaciones oficiales dirigidas a la entidad en la presente temporada.
Quedará bajo la responsabilidad del gestor de la cuenta de correo electrónico facilitada, la recepción de las comunicaciones que se realicen, para lo cual deberá de poner los medios que considere.
Será considerado requisito previo a la inscripción del club, haber saldado cualquier deuda de carácter económico contraída con la FBCV, y en su caso con la FEB.
Inscripción de equipo
Aquel club que haya formalizado su inscripción como tal en la FBCV podrá inscribir sus equipos en aquellas competiciones en las que haya adquirido derecho deportivo, o en aquellas en las que se le haya adjudicado el derecho a participar por parte de la FBCV. Para realizar la inscripción deberá seguir los pasos que a tal efecto se establezcan a través de www.fbcv.es.
Inscripción de licencias
Una vez formalizada la inscripción de un equipo, la entidad podrá diligenciar las licencias, cumpliendo con la normativa al respecto y dentro de los plazos establecidos, para lo que deberá seguir los pasos que a tal efecto se establezcan a través de www.fbcv.es.
Deberá presentar tal y como se indique en el proceso de tramitación la siguiente documentación:
- Solicitud de licencia que deberá ir firmada por el jugador/a, técnico, asistente, y/o delegado donde autorizan la tramitación de la licencia. En el caso de ser menor de edad el titular de la licencia, Será requisito indispensable la firma del padre/madre/tutor.
- UNA fotografía color, tipo carnet
- Fotocopia del DNI, pasaporte o permiso de residencia
- Impreso de Desvinculación, documentación Special Case, Declaración Jurada y/o transfer internacional (si fuese necesario).
Para que un jugador/a pueda suscribir la solicitud de licencia deberá reunir alguno de los siguientes requisitos:
- Ser español
- Poseer la nacionalidad de alguno de los estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.
- Permiso de residencia y/o trabajo o visado de estudios, concedido y en vigor, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.5 del Reglamento General y de Competiciones de la FEB.
Los Jugadores/as de un equipo que con su retirada de la competición deje al club sin actividad en la FBCV en la temporada, no podrán tramitar licencias por ningún otro equipo, mientras no se salde la deuda con la FBCV que pudiera tener el Club del equipo retirado.
Excepcionalmente, se podrá autorizar la tramitación de la licencia a aquellos jugadores que se hagan cargo de la proporción de la deuda que les corresponde con respecto al número de jugadores de los equipos retirados.
Normas y obligaciones administrativas
Condiciones generales de denominación, retirada de equipos, escritos a la FBCV, licencias en otras organizaciones y uso de la imagen de la FBCV.
Condiciones generales
Ningún club y/o equipo podrá llevar en ninguna de sus denominaciones oficiales de club y/o equipo, cualquier otra que ya exista en otro club.
Se recuerda, a los clubes, la obligación de respetar la armonía tanto en la organización federativa como respecto a los demás clubes y otras entidades deportivas, no pudiendo llevar a cabo acciones o manifestaciones que atenten contra esta armonía.
Además de lo ya expuesto en estas Normas de Competición, cualquier equipo que tenga posibilidades de acudir a una Fase o Campeonato de España deberá presentar la documentación que exija la FEB en sus Normas.
Todos los clubes deberán descargar y/o consultar la información sobre la competición publicada en www.fbcv.es, siendo en cualquier caso responsabilidad de los propios clubes el hacerlo, eximiendo por lo tanto a la FBCV de cualquier responsabilidad referente a no disponer del mismo.
Retirada de un equipo
13.2.1Después de la inscripción
La retirada de un equipo una vez realizada su inscripción, supondrá la obligación de hacerse cargo de la cuota de inscripción, los costes de las licencias si se hubieran tramitado y otros costes que se pudieran haber generado, a criterio de los Órganos Disciplinarios correspondientes, con independencia del pago de las sanciones que le pudieran ser imputadas por los mismos.
13.2.2Después de iniciada la competición
Si una vez comenzada la competición, se retirase algún equipo o fuera descalificado por los Órganos Disciplinarios de la FBCV, además de lo señalado en el punto anterior, cubriría una de las plazas de descenso, salvo acuerdo en contra de la Junta Directiva de la FBCV.
Escritos a FBCV
En todo escrito dirigido a la Federación o a cualquiera de sus órganos, deberá ir plenamente identificado el club en cuestión y la persona que lo suscribe, con expresión de su cargo, número del DNI., y firmado por el mismo.
Los escritos dirigidos al Comité de Competición de la FBCV deberán tener entrada en la misma antes de las 15.00 horas del segundo día hábil desde la fecha señalada para la celebración del encuentro. Cualquier escrito presentado fuera de este plazo no será tenido en cuenta.
Licencia en otras organizaciones
Cualquier persona que suscriba licencia de jugador, entrenador, asistente y/o miembro del CTA, en cualquier asociación o entidad cuyos fines sean la organización paralela de competiciones de Baloncesto, incurrirá en falta grave. Dicha duplicidad de licencia podrá ser sancionada incluso con inhabilitación para la práctica de baloncesto en la FBCV.
Uso de la imagen de la FBCV
Queda terminantemente prohibido el uso del nombre de la Federación Baloncesto Comunidad Valenciana, así como de sus siglas (FBCV), como igualmente de su logotipo. Cualquier club o entidad que desee hacer uso de los mismos deberá de solicitarlo por escrito a la Presidencia de la FBCV, alegando las razones del mismo, la cual decidirá si procede la cesión y usufructo de su nombre, siglas y/o logotipo. Esta norma se aplicará de igual manera a cualquiera de las imágenes o logotipos que la FBCV pudiera crear para cualquiera de sus actividades y/o competiciones.
Reglamento de juego, balón y campo a utilizar en las distintas competiciones
Reglamento aplicable, balón oficial y especificaciones por competición.
| Campeonato | Reglamento | Balón | Campo |
|---|---|---|---|
| SENIOR Y JUNIOR FEMENINO | FIBA. | INTERMEDIO (6) | OFICIAL |
| SENIOR Y JUNIOR MASCULINO | FIBA. | SENIOR (7) | OFICIAL |
| 3x3 | Especial 3x3 | OFICIAL |
Se establece como Balón Oficial FBCV el de la marca Rasán, y será obligatorio su uso en todos los encuentros oficiales. Además, se establece que los balones para el calentamiento de los dos equipos deberán ser del mismo modelo Rasán que el balón de juego.
Marcador 40 puntos
Regla de cierre del resultado cuando un equipo supera a otro por 40 puntos o más, aplicable en las competiciones Junior.
Cuando un equipo supere en el marcador a otro por una diferencia de 40 puntos o más, el resultado final del encuentro será el que marque en ese momento el acta oficial. Los minutos que resten por jugar no tendrán incidencia ni en el acta ni a efectos clasificatorios con las siguientes excepciones:
- Las faltas se continuarán contabilizando.
- Si hubiese alguna falta descalificante se trasladará a los Órganos Disciplinarios competentes.
Esta norma será de aplicación en las competiciones Junior Masculino y Junior Femenino.
Área arbitral
Solicitud de licencia, indumentaria, solicitud de no designación, designaciones y entrega de actas y comunicación de resultados.
Sol·licitud de llicència
Para formalizar la inscripción de licencia en el Área Arbitral, bien sea de árbitro, oficial de mesa o técnico, deberá cumplir con la normativa establecida al respecto, dentro de los plazos establecidos y debidamente cumplimentada:
- Formalizar solicitud de licencia a través de la Oficina Web en www.fbcv.es
- En caso de ser la primera vez que tramita solicitud de licencia, tendrá que PRESENTAR original del DNI-NIE o PASAPORTE y fotocopia del mismo.
-
Tener la formación requerida:
- Curs d'Arbitratge
- Curs d'Oficial de Taula
Todos los miembros del AA deberán llevar un documento identificativo en todos los encuentros en los que hayan sido designados, con el fin de poder identificarse en el caso que les fuera solicitado.
Para poder suscribir la solicitud de licencia en el AA, deberá reunir alguno de los siguientes requisitos:
- Ser español
- Poseer la nacionalidad de alguno de los estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.
- Permiso de residencia y/o trabajo o visado de estudios, concedido y en vigor, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.5 del Reglamento General y de Competiciones de la FEB.
Además, en los dos últimos casos, para poder proceder al pago de las cantidades que les correspondan deberán facilitar el NIE, así como el documento que acredite la adjudicación del mismo.
Las solicitudes de licencia de Oficial de Mesa y de Árbitro, serán compatibles con otros tipos de licencia, quedando limitada la designación al criterio del Área Arbitral, no pudiendo ser designados para encuentros de la categoría en la que tengan cualquier tipo de licencia.
Indumentaria
Los árbitros deberán vestir en todos los encuentros la equipación que se determine para esta temporada desde la FBCV, compuesta por camiseta oficial de la FBCV, así como pantalón, calcetines y zapatillas negras.
En caso de llevar alguna prenda de chaqueta accesoria, deberá ser la chaqueta oficial AA determinada por la FBCV.
En las competiciones de 3c3, torneos y encuentros de carácter amistoso, podrá sustituirse el pantalón por la bermuda oficial FBCV, siempre que los árbitros designados utilicen la misma prenda.
Los oficiales de mesa deberán utilizar la prenda oficial designada por la FBCV en todos los encuentros de las categorías senior y junior, masculina y femenina. En el caso de utilizar una prenda complementaria encima de la camisa, ésta será obligatoriamente la prenda oficial de la FBCV.
De forma excepcional, la FBCV podrá determinar el uso de la indumentaria en encuentros no pertenecientes a las competiciones mencionadas, lo cual será comunicado a los implicados con la suficiente antelación.
Solicitud de no designación
Cualquier miembro del AA podrá solicitar no ser designado para ningún encuentro durante un determinado periodo de tiempo, teniendo que formalizar la solicitud a través de www.fbcv.es.
No se admitirá ninguna solicitud con menos de SIETE días de antelación a la fecha de celebración del encuentro. Excepcionalmente, y siempre a juicio de la FBCV podrá autorizar alguna solicitud fuera de los plazos señalados, siempre que esta estuviera debidamente justificada.
Designaciones
La FBCV publicará en www.fbcv.es, con acceso privado para cada miembro del AA, las designaciones correspondientes a cada jornada, siendo responsabilidad de los miembros del AA, la consulta al espacio web mencionado para su conocimiento. En caso de existir algún problema con el mencionado sistema, todos los miembros del AA, deberán de recoger las designaciones de los encuentros en la oficina de la FBCV que correspondan según su lugar de residencia, y dentro del horario que se establezca para ello.
Entrega de actas y comunicación de resultados
En el caso de no haberse podido desarrollar el acta del encuentro con el Acta Digital, los árbitros principales estarán obligados a comunicar a la FBCV los resultados de los encuentros que dirijan, a la finalización de los mismos, utilizando para ello los medios que se establezcan. En el caso de recibir un error en la comunicación, se deberá comunicar el resultado a [email protected].
16.5.1Plazos para que la FBCV disponga del acta
La FBCV deberá disponer del acta del encuentro en los siguientes plazos:
- Antes de las 18'00 horas del primer día hábil posterior a la celebración del encuentro, si el acta contiene informe complementario del árbitro (así como las licencias retiradas)
- En los 2 días hábiles desde la celebración, si no contiene informe complementario.
Se debe tener en cuenta que:
- Es responsabilidad del árbitro principal el cumplimiento de la presente norma.
- Esta norma no exime de la comunicación del resultado.
16.5.2Medios para que la FBCV disponga del acta
La FBCV deberá disponer del acta en los plazos establecidos, pudiéndose utilizar alguno de los siguientes medios:
- Entrega del acta en las oficinas de la FBCV
- Envío por correo electrónico a [email protected]
En el caso de utilizar las opciones de envió correo electrónico deberá tener en cuenta:
- Enviar ambas caras del acta si contiene informe
16.5.3Plazos de entrega del original del acta
La FBCV deberá disponer del original del acta del encuentro en los siguientes plazos:
- En los 3 días hábiles desde la celebración del encuentro, si el acta contiene informe complementario del árbitro (así como las licencias retiradas)
- En los 5 días hábiles desde la celebración, si no contiene informe complementario.
Los originales deberán presentarse en las oficinas de la FBCV o bien remitirse por correo postal, siempre que en el matasellos del sobre figure como máximo el primer día hábil siguiente a la de celebración del encuentro.
Se debe tener en cuenta que es responsabilidad del árbitro principal el cumplimiento de la presente norma.
Disposición final
Aplicación supletoria de la normativa FEB.
Para todo cuanto no esté especificado en las presentes Normas, se aplicará supletoriamente, la Normativa emanada de la FEB.
Calendario administrativo
Calendarios de inscripción, distribución y publicación por categoría, procedimiento de adjudicación de claves y solicitudes de coincidencia/no coincidencia.
Junior Masculino Nivel Autonómico
| Fecha | Día | Hito |
|---|---|---|
| 27-ago-26 | jueves | Fin plazo INSCRIPCIÓN equipos · Fin plazo solicitud de COINCIDENCIA/NO COINCIDENCIA |
| 31-ago-26 | lunes | Publicación DISTRIBUCIÓN · Dia 8+1 Licencias |
| 1-sep-26 | martes | Publicación CALENDARIOS |
Júnior Femení Nivell Autonòmic
| Fecha | Día | Hito |
|---|---|---|
| 8-sep-26 | martes | Fin plazo INSCRIPCIÓN equipos · Fin plazo solicitud de COINCIDENCIA/NO COINCIDENCIA |
| 15-sep-26 | martes | Publicación DISTRIBUCIÓN · Dia 8+1 Licencias |
| 22-sep-26 | martes | Publicación CALENDARIOS |
Sènior Masculí (excepte 2ª Zonal)
| Fecha | Día | Hito |
|---|---|---|
| 15-sep-26 | martes | Fin plazo INSCRIPCIÓN equipos · Fin plazo solicitud de COINCIDENCIA/NO COINCIDENCIA |
| 22-sep-26 | martes | Publicación DISTRIBUCIÓN · Dia 8+1 Licencias |
| 29-sep-26 | martes | Publicación CALENDARIOS |
Senior Masculino 2ª Zonal, Senior Femenino y resto de Junior Masculino y resto de Junior Femenino
| Fecha | Día | Hito |
|---|---|---|
| 22-sep-26 | martes | Fin plazo INSCRIPCIÓN equipos · Fin plazo solicitud de COINCIDENCIA/NO COINCIDENCIA |
| 29-sep-26 | martes | Publicación DISTRIBUCIÓN · Dia 8+1 Licencias |
| 6-oct-26 | martes | Publicación CALENDARIOS |
Procedimiento para adjudicación de claves y confección de calendarios
Los equipos podrán realizar solicitudes de coincidencias y/o no coincidencias con otros equipos para la confección del Calendario Oficial de competiciones, debiendo hacerlo por escrito antes del plazo establecido.
Se atenderán y se adjudicarán las claves de acuerdo a las peticiones realizadas por los Clubes dentro del plazo.
En caso de que dos Clubes presenten solicitudes idénticas o similares, la FBCV adjudicará las claves teniendo en cuenta condicionantes como el número de equipos inscritos, el número de equipos implicados en la solicitud, e incluso la fecha en que se presentó la solicitud.
Solicitud de coincidencia/no coincidencia en cambios de Fase
Para la elaboración de calendarios en cambios de Fases, se tendrán en cuenta preferentemente las solicitudes de coincidencia/no coincidencia, presentadas antes de la finalización de la Fase anterior.
Los calendarios de la siguiente Fase se publicarán el viernes siguiente a la finalización de la referida Fase.
Solicitudes de licencia de equipos de categoría inferior para reforzar
Todo club que desee que sus jugadores de categoría inferior puedan reforzar a sus equipos de categoría superior, deberá presentar sus licencias dentro del mismo plazo en que tenga que presentar las licencias del equipo donde quiera que refuercen, independientemente de la fecha marcada para la categoría inferior, no pudiendo disponer de los jugadores que no cumplan la presente norma, hasta en cuanto no se encuentren diligenciadas las mismas.
Forma de pago a la FBCV
Los pagos que los clubes deberán abonar por cada uno de los equipos que tenga inscritos, quedan agrupados en 4 cuotas que deberán hacer efectivas antes de las fechas señaladas a tal efecto.
Las mencionadas cantidades cubren los siguientes conceptos:
- Inscripción de equipo en el campeonato
- Diligenciamiento de licencias (seguro médico incluido).
- Canon fijo de arbitrajes para la fase regular del campeonato
Para todas las categorías, incluidas las nacionales, no se ha incluido en la cantidad el importe de la inscripción de club que deberá abonarse al presentar la misma.
Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria cualquiera de las siguientes cuentas:
| KUTXABANK | ES13 2095 5526 6091 0984 3364 |
| CAIXABANK | ES48 2100 8681 56 0200019142 |
Las cantidades para cada uno de los plazos y en cada uno de los campeonatos son las siguientes:
| Campeonato | 1 Oct. | 15 Nov. | 15 Ene. | 1 Mar. |
|---|---|---|---|---|
| PRIMERA FEB (*) | 3.060€ | 3.060€ | 3.060€ | 3.060€ |
| SEGUNDA FEB (*) | 2.250€ | 2.250€ | 2.250€ | 2.250€ |
| TERCERA FEB (*) | 1.715€ | 1.715€ | 1.715€ | 1.715€ |
| SENIOR MASCULINO PRIMERA DIVISIÓN | 2.050€ | 2.050€ | 2.050€ | 2.050€ |
| SENIOR MASCULINO AUTONÓMICO | 1.405€ | 1.405€ | 1.405€ | 1.405€ |
| SÈNIOR MASCULÍ PREFERENT | 1.115€ | 1.115€ | 1.115€ | 1.115€ |
| SENIOR MASCULINO PRIMERA ZONAL | 1.040€ | 1.040€ | 1.040€ | 1.040€ |
| SENIOR MASCULINO SEGUNDA ZONAL | 875€ | 875€ | 875€ | 875€ |
| Campeonato | 1 Oct. | 15 Nov. | 15 Ene. | 1 Mar. |
|---|---|---|---|---|
| LIGA FEMENINA (*) | 2.500€ | 2.500€ | 2.500€ | 2.500€ |
| LIGA FEMENINA CHALLENGE (*) | 2.290€ | 2.290€ | 2.290€ | 2.290€ |
| LIGA FEMENINA – 2 (*) | 1.750€ | 1.750€ | 1.750€ | 1.750€ |
| SENIOR FEMENINO PRIMERA DIVISIÓN | 1.335€ | 1.335€ | 1.335€ | 1.335€ |
| SENIOR FEMENINO AUTONÓMICO | 1.055€ | 1.055€ | 1.055€ | 1.055€ |
| SENIOR FEMENINO PREFERENTE | 865€ | 865€ | 865€ | 865€ |
| Campeonato | 1 Oct. | 15 Nov. | 15 Ene. | 1 Mar. |
|---|---|---|---|---|
| JUNIOR MASCULINO NIVEL AUTONÓMICO | 1.125€ | 1.125€ | 1.125€ | 1.125€ |
| JUNIOR MASCULINO NIVEL PREFERENTE | 945€ | 945€ | 945€ | 945€ |
| JUNIOR MASCULINO NIVEL PRIMERA ZONAL | 875€ | 875€ | 875€ | 875€ |
| JUNIOR FEMENINO NIVEL AUTONÓMICO | 890€ | 890€ | 890€ | 890€ |
| JUNIOR FEMENINO NIVEL PREFERENTE | 820€ | 820€ | 820€ | 820€ |
| JUNIOR FEMENINO NIVEL PRIMERA ZONAL | 810€ | 810€ | 810€ | 810€ |
Para los equipos en campeonatos nacionales señalados con (*), en las cantidades señaladas no están incluidos los cánones fijos de los arbitrajes, los cuales se abonarán según determina la FEB.
Los plazos en los que cada equipo tendrá que haber abonado las cantidades indicadas anteriormente son los siguientes:
| Primer plazo: | 1 de octubre de 2.026 |
| Segundo plazo: | 15 de noviembre de 2.026 |
| Tercer plazo: | 15 de enero de 2.027 |
| Cuarto plazo: | 1 de marzo de 2.027 |
Caso de que algún club no haga efectivas las cantidades señaladas en los plazos indicados, dicho incumplimiento será corregido por los Órganos competentes.
Cuotas a abonar a la FBCV
Cuotas por inscripción de club y de equipos, diligenciamiento de licencias de jugadores no comunitarios y entrenadores extranjeros, seguro médico obligatorio y licencias del Área Arbitral.
Cuota por inscripción de club
20.1.1Clubes con equipos en competición
Todos los clubes para poder inscribir sus equipos y participar en las diferentes competiciones tanto de la FEB, como de la FBCV, deberán abonar una cuota única en concepto de inscripción, cuyo importe será de 20 € para la presente temporada.
Cuota por inscripción de equipos
Todos los equipos para poder participar en las diferentes competiciones tanto de la FEB, como de la FBCV, deberán abonar una cuota única en concepto de inscripción.
Los importes son los siguientes:
| Campeonato | Cuota |
|---|---|
| PRIMERA FEB | 4.198€ |
| SEGUNDA FEB | 3.148€ |
| TERCERA FEB | 2.624€ |
| SENIOR MASCULINO PRIMERA DIVISIÓN | 1.880€ |
| LIGA FEMENINA | 3.672€ |
| LIGA FEMENINA CHALLENGE | 3.148€ |
| LIGA FEMENINA–2 | 2.624€ |
| SENIOR PRIMERA DIVISIÓN FEMENINA | 858€ |
| SENIOR MASCULINO AUTONÓMICO | 858€ |
| SÈNIOR MASCULÍ PREFERENT | 692€ |
| SENIOR MASCULINO ZONAL PRIMERA | 586€ |
| SENIOR MASCULINO ZONAL SEGUNDA | 324€ |
| JUNIOR MASCULINO NIVEL AUTONÓMICO | 364€ |
| JUNIOR MASCULINO NIVEL PREFERENTE | 324€ |
| JUNIOR MASCULINO NIVEL PRIMERA ZONAL | 324€ |
| SENIOR FEMENINO AUTONÓMICO | 586€ |
| SENIOR FEMENINO PREFERENTE | 324€ |
| JUNIOR FEMENINO NIVEL AUTONÓMICO | 100€ |
| JUNIOR FEMENINO NIVEL PREFERENTE | 75€ |
| JUNIOR FEMENINO NIVEL PRIMERA ZONAL | 75€ |
Los equipos de Categoría Nacional, excepto los de Sénior Masculino Primera División y Sénior Femenino Primera División, deberán abonar además de la presente cuota, el seguro médico obligatorio y la tramitación de licencias, los importes que haya fijado la FEB como cuota de diligenciamiento de licencias.
Cuota por diligenciamiento de licencias de jugadores no comunitarios
Todos los Clubes, por cada JUGADOR NO COMUNITARIO que inscriban, en aquellas competiciones en que estuviese autorizado, deberán abonar las siguientes cantidades, además del canon FIBA y el importe correspondiente fijado por la FEB.
| Licencias tramitadas | antes del inicio de la competición | desde el inicio de la competición hasta el inicio de la 2ª vuelta | desde el inicio de la 2ª vuelta hasta la finalización del plazo de inscripción |
|---|---|---|---|
| PRIMERA FEB | 1.000 € | 1.500 € | 2.000 € |
| SEGUNDA FEB | 1.000 € | 1.400 € | 1.750 € |
| TERCERA FEB | 700 € | 975 € | 1.250 € |
| LIGA FEMENINA | 900 € | 1.250 € | 1.750 € |
| LIGA FEM CHALLENGE | 900 € | 1.200 € | 1.650 € |
| LIGA FEMENINA–2 | 900 € | 1.100 € | 1.500 € |
Cuota por diligenciamiento de licencias de entrenadores de nacionalidad extranjera
Todo equipo que tramite una licencia de ENTRENADOR de nacionalidad EXTRANJERA deberá abonar las cantidades reseñadas a continuación.
| PRIMERA FEB | 2.650 € |
| SEGUNDA FEB | 2.255 € |
| TERCERA FEB | 2.170 € |
| LIGA FEMENINA | 2.255 € |
| LIGA FEMENINA CHALLENGE | 2.240 € |
| LIGA FEMENINA–2 | 2.240 € |
Cuota de afiliación al seguro medico obligatorio y tramitación de licencias
Todos los clubes deberán abonar por cada una de las licencias diligenciadas las cuotas detalladas a continuación, que incluyen el coste de la afiliación al seguro médico obligatorio y la cuota por tramitación de licencia.
Los importes son los siguientes:
| Tramitación de licencia | JUGADORES, TÉCNICOS Y ASISTENTES | 36 € |
| Seguro de Accidentes obligatorio | JUGADORES | 77,55 € |
| Seguro de Accidentes obligatorio | TÉCNICOS Y ASISTENTES | 39,85 € |
Cuota por diligenciamiento de licencias de árbitros, oficiales de mesa y técnicos arbitrales
Todas las personas adscritas al Comité Técnico Arbitral, deberán estar en posesión de la correspondiente licencia, para lo que deberán abonar las cuotas que se establecen a continuación para poder disponer de la misma, y por lo tanto, actuar como tales.
Los importes son los siguientes:
| Arbitral ACB | 715 € |
| Arbitral FEB – A | 385 € |
| Arbitral FEB – B | 305 € |
| Arbitral FBCV – C | 108 € |
| Arbitral FBCV – D | 63 € |
| Oficial de Mesa ACB FEB – A | 98 € |
| Oficial de Mesa FEB – B | 65 € |
| Oficial de Mesa FBCV – C | 40 € |
| Oficial de Mesa FBCV – D | 34 € |
A dicho importe se le añadirán 39,51 € en concepto del coste de la afiliación al seguro médico obligatorio.
Costes arbitrales
Canon fijo por arbitraje, derechos del Comité Técnico de Árbitros, gastos y compensaciones por desplazamiento, arbitrajes de Fases Finales, indemnizaciones y distribución de compensaciones arbitrales.
Canon fijo por arbitraje
Para las competiciones abajo mencionadas se fija un CANON único que incluye las compensaciones arbitrales y los gastos de desplazamientos, para todos los equipos integrantes de dicha competición:
| SENIOR MASCULINO PRIMERA FEB (*) | 348 € |
| SENIOR MASCULINO SEGUNDA FEB (*) | 300 € |
| SENIOR MASCULINO TERCERA FEB (*) | 190 € |
| Senior Masculino PRIMERA DIVISIÓN | 362 € |
| Senior Masculino AUTONÓMICO | 244 € |
| Copa Senior AUTONÓMICO | 274 € |
| Senior Masculino PREFERENTE | 166 € |
| Copa Senior PREFERENTE | 218 € |
| Senior Masculino PRIMERA ZONAL | 154 € |
| Senior Masculino SEGUNDA ZONAL | 146 € |
| Junior Masculino NIVEL AUTONÓMICO | 180 € |
| Junior Masculino CTO AUTONÓMICO | 206 € |
| Junior Masculino NIVEL PREFERENTE | 140 € |
| Copa Junior Masculino NIVEL PREFERENTE | 188 € |
| Junior Masculino CTO PREFERENTE | 140 € |
| Junior Masculino NIVEL PRIMERA ZONAL | 136 € |
| Junior Masculino CTO PRIMERA ZONAL | 136 € |
| Junior Masculino CTO SEGUNDA ZONAL | 136 € |
| LIGA FEMENINA | 294 € |
| LIGA FEMENINA CHALLENGE | 278 € |
| LIGA FEMENINA – 2 | 200 € |
| Senior Femenino 1ª DIVISIÓN | 262 € |
| Senior Femenino AUTONÓMICO | 190 € |
| Copa Senior Femenino AUTONÓMICO | 216 € |
| Senior Femenino PREFERENTE | 144 € |
| Junior Femenino NIVEL AUTONÓMICO | 180 € |
| Junior Femenino CTO AUTONÓMICO | 206 € |
| Junior Femenino NIVEL PREFERENTE | 138 € |
| Copa Junior Femenino NIVEL PREFERENTE | 186 € |
| Junior Femenino CTO PREFERENTE | 138 € |
| Junior Femenino NIVEL PRIMERA ZONAL | 135 € |
| Junior Femenino CTO PRIMERA ZONAL | 135 € |
Para los equipos en campeonatos nacionales señalados con (*), en las cantidades señaladas tan solo se incluyen las compensaciones arbitrales y los gastos de desplazamientos de los oficiales de mesa.
Derechos Comité Técnico de Árbitros
Dentro del canon fijo estipulado para cada una de las categorías, se encuentra incluida la cantidad en concepto de derechos del Comité Técnico de Árbitros, según se detalla por categoría para la presente temporada:
| SENIOR MASCULINO ACB | |
| PRIMERA FEB | 76 € |
| SEGUNDA FEB | 51 € |
| TERCERA FEB | 42 € |
| Senior Masculino 1ª DIVISIÓN | 35,25 € |
| Senior Masculino AUTONÓMICO | 28,50 € |
| Senior Masculino PREFERENTE | 23,50 € |
| Senior Masculino PRIMERA ZONAL | 21 € |
| Senior Masculino SEGUNDA ZONAL | 18,50 € |
| Junior Masculino NIVEL AUTONÓMICO | 21 € |
| Junior Masculino CTO AUTONÓMICO | 21 € |
| Junior Masculino NIVEL PREFERENTE | 18,50 € |
| Junior Masculino CTO PREFERENTE | 18,50 € |
| Junior Masculino NIVEL PRIMERA ZONAL | 18,50 € |
| Junior Masculino CTO PRIMERA ZONAL | 18,50 € |
| Junior Masculino CTO SEGUNDA ZONAL | 18,50 € |
| LIGA FEMENINA | 68 € |
| LIGA FEMENINA CHALLENGE | 51 € |
| LIGA FEMENINA – 2 | 42 € |
| Senior Femenino 1ª DIVISIÓN | 28,50 € |
| Senior Femenino AUTONÓMICO | 23,50 € |
| Senior Femenino PREFERENTE | 18,50 € |
| Junior Femenino NIVEL AUTONÓMICO | 18 € |
| Junior Femenino CTO AUTONÓMICO | 18 € |
| Junior Femenino NIVEL PREFERENTE | 15,50 € |
| Junior Femenino CTO PREFERENTE | 15,50 € |
| Junior Femenino NIVEL 1ª ZONAL | 15,50 € |
| Junior Femenino CTO 1ª ZONAL | 15,50 € |
Gastos de desplazamiento
Los desplazamientos se abonarán desde la localidad de residencia de cada miembro del equipo arbitral, hasta la localidad de celebración del encuentro, abonándose a razón de 0,22 € por kilómetro recorrido (ida y vuelta)
Si la multiplicación de la cantidad a abonar y los kilómetros en un desplazamiento entre dos lugares, fuera inferior a 2,50 €, se contabilizará esta cantidad como el valor mínimo de desplazamiento entre dos lugares.
Compensaciones por desplazamiento
Cuando el desplazamiento realizado por el miembro del equipo arbitral sea superior a los 100 Km. (ida), se abonará una compensación por cada uno de ellos por desplazamiento de 12 €, si es superior a 150 Km. (ida) se abonará una compensación por desplazamiento de 24 €, y si es superior a 200 Km. (ida) la compensación será de 36 €.
Siempre se entiende que las cantidades reseñadas se abonarán por cada miembro del equipo arbitral.
Compensación arbitral por jugar fuera de la banda horaria
El importe de la referida compensación para la presente temporada queda fijado en 12 € para cada miembro del equipo arbitral.
Importe arbitrajes Fases Finales
Para todas las Fases Finales, el importe de los arbitrajes será abonado por el equipo local por cada uno de los encuentros que se disputen y este importe ascenderá a la Tarifa Única estipulada para la categoría.
En el caso de que la Fase Final se dispute tipo concentración, el organizador de la mencionada Fase Final será quien abone los importes de los arbitrajes, que ascenderán a la Tarifa Única estipulada para la categoría por cada uno de los encuentros que se disputen.
En el caso de que la Fase Final se dispute tipo concentración, y esta se dispute en campo neutral, es decir, ninguno de los participantes organiza la mencionada Fase Final, el importe de los arbitrajes de cada encuentro será abonado al 50% por cada uno de los equipos que lo disputen, ascendiendo el importe a la Tarifa Única estipulada para la categoría.
Importe indemnizaciones por la no celebración de un encuentro
Para la presente temporada el referido importe queda establecido en 1.5 € por kilómetro recorrido por el equipo (ida y vuelta), abonándose un mínimo de 40€.
Distribución importe compensaciones arbitrales
| Competición | Árbitro | Árbitro | Acta | Crono | 24'' |
|---|---|---|---|---|---|
| ACB | |||||
| PRIMERA FEB | 54 € | 54 € | 54 € | ||
| SEGUNDA FEB | 48 € | 48 € | 48 € | ||
| TERCERA FEB | 29,12 € | 29,12 € | 29,12 € | ||
| Senior Masc. 1ª DIV. | 81,50 € | 81,50 € | 23,50 € | 23,50 € | 23,50 € |
| Senior Masc. AUTONÓMICO | 51,75 € | 51,75 € | 19,25 € | 19,25 € | 19,25 € |
| Senior Masc. PREFERENTE | 35 € | 35 € | 18,10 € | 18,10 € | |
| Senior Masc. 1ª ZONAL | 31 € | 31 € | 16,10 € | 16,10 € | |
| Senior Masc. 2ª ZONAL | 29 € | 29 € | 16,10 € | 16,10 € | |
| Junior Masc. NIVEL AUTONÓMICO | 31,50 € | 31,50 € | 18,10 € | 18,10 € | 18,10 € |
| Junior Masc. CTO AUTONÓMICO | 31,50 € | 31,50 € | 18,10 € | 18,10 € | 18,10 € |
| Junior Masc. NIVEL PREFERENTE | 27,50 € | 27,50 € | 16,10 € | 16,10 € | 16,10 € |
| Junior Masc. CTO PREFERENTE | 27,50 € | 27,50 € | 16,10 € | 16,10 € | 16,10 € |
| Junior Masc. NIVEL 1ª ZONAL | 25,50 € | 25,50 € | 16,10 € | 16,10 € | |
| Junior Masc. CTO 1ª ZONAL | 25,50 € | 25,50 € | 16,10 € | 16,10 € | |
| Junior Masc. CTO 2ª ZONAL | 25,50 € | 25,50 € | 16,10 € | 16,10 € | |
| LIGA FEMENINA | 48 € | 48 € | 48 € | ||
| LIGA FEMENINA CHALLENGE | 48 € | 48 € | 48 € | ||
| LIGA FEMENINA -2 | 31,20 € | 31,20 € | 31,20 € | ||
| Senior Fem. 1ª DIVISIÓN | 51,75 € | 51,75 € | 19,25 € | 19,25 € | 19,25 € |
| Senior Fem. AUTONÓMICO | 35 € | 35 € | 18,10 € | 18,10 € | 18,10 € |
| Senior Fem. PREFERENTE | 29 € | 29 € | 16,10 € | 16,10 € | |
| Junior Fem. NIVEL AUTONÓMICO | 31,50 € | 31,50 € | 18,10 € | 18,10 € | 18,10 € |
| Junior Fem. NIVEL PREFERENTE | 27,50 € | 27,50 € | 16,10 € | 16,10 € | |
| Junior Fem. NIVEL 1ª ZONAL | 25,50 € | 25,50 € | 16,10 € | 16,10 € | |
| Junior Fem. CTO AUTONÓMICO | 31,50 € | 31,50 € | 18,10 € | 18,10 € | 18,10 € |
| Junior Fem. CTO PREFERENTE | 27,50 € | 27,50 € | 16,10 € | 16,10 € | |
| Junior Fem. CTO 1ª ZONAL | 25,50 € | 25,50 € | 16,10 € | 16,10 € |
Cuando esté estipulada la designación de un CUARTO of. de mesa, percibirá los mismos derechos que se estipulan en esta categoría.
El oficial de mesa designado/a para realizar el acta digital percibirá 1 € adicional por realizar la función utilizando su dispositivo móvil y conectividad.
