19.14 Adeudos directos SEPA esquema básico CORE - El adeudo directo permite la gestión de forma electrónica y automatizada del cobro de las ventas a través de un adeudo o cargo en la cuenta del pagador.
Requisitos para emitir adeudos directos esquema básico (CORE):
- Las operaciones deben ser en euros
- Emisor y deudor pueden ser personas jurídicas y/o particulares.
- Todas las entidades que operan en adeudos admitirán la modalidad esquema básico.
- Previamente a la emisión debe existir una orden/mandato del deudor para domiciliar los pagos. Las órdenes de domiciliación o mandatos existentes seguirán siendo igualmente válidos para emitir adeudos directos bajo el esquema básico -CORE (sólo para el ámbito nacional).
- Es obligatorio conservar los mandatos y todas sus modificaciones o cancelaciones mientras se puedan exigir para justificar la existencia de autorización para un cobro.
- Se precisa un nuevo formato de fichero: 19-14 SEPA CORE. A partir del 1 de febrero de 2016 será obligatorio el formato estandarizado XML ISO 20022.
- El código IBAN pasa a ser el código estandarizado de la cuenta del deudor, y el BIC, el de la entidad financiera del deudor.
- Los débitos se presentarán con una anticipación de 7 días (para primeras o únicas operaciones) y 4 días hábiles (para operaciones recurrentes o últimas). Desde junio de 2013 las entidades operantes en España ofrecen la modalidad de COR1 que permite unificar y acortar los plazos de anticipación de las presentaciones a 2 días hábiles.
- Plazos de devolución:
- Hasta 8 semanas por orden del cliente deudor.
- 13 meses para pagos no autorizados (por orden del cliente). Existe la posibilidad de rechazar una devolución en este plazo aportando copia del mandato vigente.
19.44 Adeudos directos SEPA esquema B2B - Es una modalidad del adeudo directo SEPA, concebido específicamente para las transacciones monetarias entre personas jurídicas (empresas o autónomos), con el que se establece un sistema de pagos homogéneo en los 32 estados adheridos que permite la gestión de cobros y pagos con la misma facilidad, seguridad y coste, tanto dentro de nuestras fronteras como en el mercado europeo.
Con la modalidad empresarial o B2B,
el plazo de devolución de impagados se reduce a solo dos días, lo que mejora su riesgo comercial y la gestión de impagados, a la vez que reduce el riesgo de morosidad.
Requisitos para emitir adeudos directos esquema empresarial (B2B):
Las operaciones deben ser en euros
Emisor y deudor deben ser personas jurídicas (empresas o autónomos).
Previamente a la emisión debe formalizarse una orden/mandato de domiciliación entre emisor y deudor. Esta orden debe especificar la aceptación de operativa B2B y la renuncia de este al derecho de devolución.
Es obligatorio conservar los mandatos y todas sus modificaciones o cancelaciones mientras se puedan exigir para justificar la existencia de autorización para un cobro.
Se precisa de un nuevo formato de fichero: 19-44 B2B SEPA. A partir del 1 de febrero de 2016 será obligatorio el formato estandarizado XML ISO 20022.
El código IBAN pasa a ser el código estandarizado de la cuenta del deudor, y el BIC, el de la entidad financiera del deudor.
Los débitos se presentarán con una anticipación de 3 días hábiles.
Previamente al adeudo, la entidad bancaria solicitará autorización al librado.
Migración adeudos españoles - El objetivo de este documento es identificar los aspectos a tener en cuenta en la actual composición de las domiciliaciones para su validez operativa ante los requerimientos de estructura, contenido y formato que requiere el esquema básico de Adeudos directos SEPA (Core).
Esquema mandato básico - Documento plantilla.
Esquema mandato B2B - Documento plantilla.
34.14 TXT - Órdenes en fichero para emisión de transferencias y cheques en euros.
34.14 ISO 20022 - Órdenes en formato ISO 20022 para emisión de transferencias y cheques en euros.